Resolución de Gabinete Nº 65 de 18 de junio de 2009, 'QUE APRUEBA LA ADENDA NO. 5-C AL CONTRATO NO. 98 DE 29 DICIEMBRE DE 1994, TAL Y EL MISMO QUEDÓ ENMENDADO EN VIRTUD DE LA ADENDA NO. 5-A DE 3 DE MARZO DE 2009 Y SUS ANEXOS, PARA MODIFICAR ALGUNOS TÉRMINOS Y RECONOCER EL VALOR DE LOS COSTOS DE MITIGACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL (LOS COSTOS AMBIENTALES), ESTABLECIDOS POR Y A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, POR LA SUMA DE QUINCE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN BALBOAS CON 00/100 (B/.15,613,751.00)'.
RESOLUCIÓN DE GABINETE No. 65
(de 18 de junio de 2009)
Que aprueba la Adenda No. 5-C al Contrato No. 98 de 29 diciembre de 1994, tal y el mismo quedó enmendado en virtud de la Adenda No. 5-A de 3 de marzo de 2009 y sus anexos, para modificar algunos términos y reconocer el valor de los costos de mitigación y adecuación ambiental (los costos ambientales), establecidos por y a cargo del Ministerio de Obras Públicas, por la suma de quince millones seiscientos trece mil setecientos cincuenta y un balboas con 00/100 (B/.15,613,751.00)
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que la empresa PYCSA Panamá, S.A., y el Ministerio de Obras Públicas (MOP), suscribieron el Contrato No. 98 de 29 de diciembre de 1994, modificado mediante la Adenda No. 1 de 26 de diciembre de 1996, la Adenda No. 2 de 18 de junio de 1999, la Adenda No. 3 de 30 de agosto de 1999 y la Adenda No. 4 de 20 de agosto de 2001;
Que, mediante la Resolución No. 095-06 de 25 de septiembre de 2006, el MOP autorizó la cesión de la concesión por parte de PYCSA Panamá, S. A., a Constructora Norberto Odebrecht, S.A., en lo que respecta al Tramo Madden-Colón (la Concesión Madden-Colón), y que el MOP, mediante la Resolución No. 01-07, de 2 de enero de 2007, aprobó que Constructora Norberto Odebrecht, S.A. cediera la Concesión Madden-Colón a Concesionaria Madden-Colón, S.A., una subsidiaria de Odebrecht Investimentos em Infraestrutura Ltda., sociedad que, dentro del Grupo Odebrecht, se dedica al desarrollo y a la administración de concesiones, todo lo cual fue documentado mediante la Adenda No. 5 de 30 de enero de 2007 y la Adenda No. 5-A de 3 de marzo de 2009 al Contrato de Concesión antes citado;
Que el párrafo tercero de la Cláusula Décima Cuarta de la Adenda No. 5 concedía un término de doce (12) meses para la incorporación de dichos costos ambientales al monto total recuperable, lo que por motivos de los estudios de impacto ambiental y diversas situaciones no imputables a las partes, no pudo ser atendido, motivando las respectivas ordenes de cambio mediante la suscripción de memorandos de entendimiento entre el MOP y el Concesionario, siendo de rigor contemplar la extensión de dicho...
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