Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 23 de Noviembre de 2020
Ponente | Carmen Luz De Gracia Jurado |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2020 |
Emisor | Pleno |
Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá
Sala: Pleno
Ponente: Carmen Luz De Gracia Jurado
Fecha: 23 de noviembre de 2020
Materia: Tribunal de Instancia
Queja
Expediente: 355-2020
VISTO S:
Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la queja interpuesta por el licenciado K.M., apoderado judicial de Z.R.L., contra la J. de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial de Panamá, H.M..
El licenciado K.M., en representación de Diputada Z.R.L., presentó ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia el día 30 de junio de 2020, queja disciplinaria contra la J. de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial de Panamá, licenciada H.M., en la que señaló lo siguiente:
"PRIMERO: Que el día 26 de junio de 2020, a las 1:19 pm, la oficial de S.E.M.B. de la Oficina Judicial de Cumplimiento de Plaza Ágora, me cita por correo electrónico por error a mí (K.M.) y a la Honorable Diputada Vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Z.R.L., para una audiencia de Cambio de Medida a Depósito Domiciliaria a favor de M.H.C.A., que mantenía audiencia para el 29 de junio de 2020 a las 2:00 pm, en Plaza Ágora.
Llegando el día de la audiencia, lunes 29 de junio a las 2:00 P.M., comparecimos tal cual fuimos citados (por error), la Diputada Z.R. y mi persona a la sala 21 en Plaza Ágora.
Sin embargo, antes de comenzar la audiencia, la oficial nos aclara (a Z. y a mí), que se nos citó por error ya que el abogado actual era otra persona, el Licenciado I.Ó.A..
Cuando nos disponíamos a retirarnos de la sala de audiencia (una vez aclarado el error por la oficial de sala), la diputada Z.R. le pide rápidamente el número de celular al abogado que la reemplaza (al licenciado I.Ó.A., por lo que la J.a quejada comienza a gritarle a la diputada:
"¡No están respetando el distanciamiento! ¡Salga de aquí! ¡Salga o la sanciono!
La J. quejada con su amenaza, aparte de ser totalmente grosera y descortés, infringe normas constitucionales y legales, puesto que es sabido que solo el Plano de la Corte Suprema de Justicia puede procesar y sancionar a un Diputado de la República.
En ese sentido, importa citar el contenido del artículo 206, numeral 3, de nuestra Constitución Política, a saber:
Art. 206. La Corte Suprema de Justicia tendrá, entre sus atribuciones constitucionales y legales, las siguientes:
...
3. Investigar y procesar a los Diputados.
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En...
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