Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 28 de Marzo de 2022

PonenteMaría Cristina Chen Stanziola
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2022
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: P.

Ponente: María Cristina Chen Stanziola

Fecha: 28 de marzo de 2022

Materia: Tribunal de Instancia

Queja

Expediente: 89902022

VISTOS:

Se somete al conocimiento del P. de la Corte Suprema de Justicia, la queja disciplinaria interpuesta por el licenciado O.A.D.M., actuando en su propio nombre y representación, contra la Oficina Judicial de la provincia de C., relacionada a la forma en que se realizaron ciertos trámites en el proceso penal seguido al señor L.A.A.V., por el delito de violencia doméstica, en perjuicio de Z.M. de Angulo, identificado con la numeración 201800012272.

Lo antepuesto, como consecuencia de la Resolución fechada 27 de diciembre de 2021, proferida por la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, a través de la cual decide, entre otras cosas, "INHIBIRSE del conocimiento del incidente contenido en el cuadernillo con entrada No.2018-0001-2272-R/A y REMITIRLO ante el P. de la Corte Suprema de Justicia".

LOS HECHOS DESCRITOS EN EL LIBELO:

La queja disciplinaria fue presentada el 22 de junio de 2021, ante la Secretaría de la Sala Segunda de esta Corporación de Justicia, por el licenciado O.A.D.M., actuando en su propio nombre y representación, contra la Oficina Judicial de la provincia de C., por supuestas irregularidades en la tramitación del proceso penal seguido al señor L.A.A.V., por el delito de violencia doméstica, en perjuicio de Z.M. de Angulo, identificado con la numeración 201800012272, con fundamento en lo siguiente:

"El día 30 de abril del 2021 procedía (sic) subir a la plataforma Recurso de Revisión para que el SPA de Colon (sic) se pronunciara ante la Corte Suprema de Justicia.

Seguimos dándole seguimiento al recurso y solo me decían que estaba en el despacho de la sala Penal de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-

El 18 de junio del 2021 me dirigí a la sala Penal de la Corte y había solamente un registro electrónico de que se había recibido, pero no estaba el expediente físicamente

El 21 de junio del 2021 me dirigí a la (sic) Sistema Penal Acusatorio de la Provincia de Colon (sic) en donde después de varias horas de consultar y buscar me dicen QUE HAY UN ERROR EN LA PLATAFORMA QUE HAY QUE CORREGIR ya que los recursos de revisión y casación estaban juntos. Y ellos pensaron que era casación.

...

No me explico, pero desde que se presentó la Ley 75 del 2015 al día 21 de junio del 2021 es que se percatan que hay un error en el Sistema Automatizado con los recursos de REVSION (sic) y CASACION (sic).

SANCION (SIC) INJUSTA POR UNA AUDIENCIA VIRTUAL LA CUAL NUNCA ME NOTIFICARON NI ME LLAMARON A MI CELULAR

Según me informan en el SPA Colon (sic) fui sancionado con la suma de 250 dólares solicitada por la licenciada MARISIN (abogada de la parte afectada) la cual le indico (sic) al juez lo siguiente:

Que habían pasado ya cuatro (4) audiencias y que ya nosotros estábamos agarrando al MINISTERIO PUBLICO (SIC) DE RELAJO.

ME OPONGO A LA (SIC) DICHO POR LA LICENCIADA VA EN CONTRA DEL PRINCIPIO DE LEALTAD Y DEL SISTEMA...

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