Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 4 de Diciembre de 2009

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2009
EmisorPleno

VISTOS: El licenciado O.A.S., actuando en nombre y representación de AMJAD BOSSO, W.A., A.J. Y OTROS, ha presentado formal queja administrativa contra la licenciada M.M., Juez Suplente del Segundo Tribunal Marítimo de Panamá. Señala el pretensor en el libelo de queja, que la precitada ha incurrido en desacato a una orden judicial, abuso de autoridad e ignorancia inexcusable, en virtud de su negativa a "remitir el dinero que mantiene en calidad de depósito a órdenes del Primer Tribunal Marítimo para que se haga efectivo el pago correspondiente al Crédito Marítimo Privilegiado....". Consideraciones y decisión del Pleno: Indicado lo anterior, se procede a verificar si la presente queja reúne los requisitos de forma que la ley y la jurisprudencia han dispuesto para su procedencia. En ese sentido observamos, que la queja que nos ocupa ha sido estructurada y desarrollada de forma indebida. Ello es así, porque si bien es cierto se señalan una serie de actuaciones supuestamente realizadas por la juez suplente M.M., yerra el actor en no ubicar ninguna de ellas en norma jurídica alguna. En otras palabras, nos encontramos frente a una pretensión carente de un debido sustento jurídico. Las únicas disposiciones alegadas en esta ocasión, son los artículos 554, 555 y 556 de la Ley 8 de 1982 sobre procedimiento marítimo. Misma que en forma alguna sirven para fundamentar una pretensión como la que nos ocupa. La deficiencia antes mencionada, incide directa y negativamente en la admisión de esta causa, ya que la ausencia de normas jurídicas, conlleva a determinar si nos encontramos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR