Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 19 de Diciembre de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Mediante vista Nº 100 de 28 de noviembre de 1997, la Procuraduría General de la Nación remitió, para su calificación legal, el expediente de 20 folios, contentivo de la denuncia presentada por el señor J.R.R.G., contra la licenciada N.D. de Castillo, F. Superior del Cuarto Distrito Judicial, la licenciada C.L., Fiscal Tercera Superior del Primer Distrito Judicial, la señora D.D., Oficial Mayor de la Fiscalía Superior del Cuarto Distrito Judicial, los funcionarios del Juzgado Primero Seccional de Familia y la Doctora Elaine Bressard del Instituto de Medicina Legal.

De conformidad con la denuncia presentada el 7 de noviembre de 1997, se le imputa a las personas denunciadas la Comisión de Delito contra la Administración Pública, fundado en escuchas telefónicas gravadas en cassetts que condensan las conversaciones mantenidas entre su esposa, la señora M. delR.D. y su madre D.D., quien funge como Oficial Mayor de la Fiscalía Superior del Cuarto Distrito Judicial.

De las escuchas telefónicas contenidas en cuatro (4) cassets se colige que madre e hija (su suegra y esposa), mantuvieron diferentes conversaciones en las que se hacía mención del personal en servicio en el Tribunal de Familia, donde se tramita el proceso de divorcio y el de guarda, crianza y reglamentación de visitas de los menores A. y R.J.R.D. y por un supuesto tráfico de influencia que involucraba a la F. Superior del Cuarto Distrito Judicial y a los funcionarios.

De conformidad con las constancias procesales la Procuraduría General de la Nación, si bien le dio entrada a la denuncia presentada por el señor J.R.R.G., en su propio nombre, no practicó diligencia alguna de instrucción sumarial, fundado en el hecho de que los delitos que se le atribuyen a las denuncias son los de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, que se encuentran bajo el título de los delitos contra la administración pública, los cuales se rigen por las reglas de los procesos especiales y exigen de parte del denunciante o el acusador que acompaña la prueba sumaria de su relato, que consiste en presentar o aducir un medio lícito de pruebas que tenga la eficacia de acreditar el hecho punible denunciado. El Ministerio Público consideró que los cassetts que recogen las grabaciones, al tenor de lo que dispone el artículo 169 del Código Penal, no sólo constituye prueba ilícita, sino que tipifica una conducta penalizada en nuestra legislación.

Cabe aclarar que en materia de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR