Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 14 de Abril de 2009
| Ponente | Aníbal Salas Céspedes |
| Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2009 |
| Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Procedente de la Procuraduría General de la Nación, ingresa a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia para su debida calificación, la Querella presentada por el Licenciado R.R. contra los señores R.S.S., Director General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y E.Q., Jefe del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por la posible comisión de delito Contra la Fe Pública, contemplados en el Libro II, Título VIII, Capítulo I del Código Penal y por los que surjan de la presente investigación en perjuicio de sus representados.
EL QUERELLANTE
El Licenciado R.R. actuando en representación del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Construcción y Similares (SUNTRACS), fundamenta querella en los siguientes hechos:
"SEGUNDO:
Que el SUNTRACS es una organización sindical que cuenta con obreros afiliados a nivel nacional, los cuales laboran en distintos proyectos de construcción, entre los cuales está el proyecto que se lleva a cabo en la ISLA VIVEROS, distrito de B., provincia de Panamá, donde la empresa MAQTEC, S.A., cuyo representante legal es el señor GUSTAVO DE LA CRUZ. Realiza un proyecto de construcción.
Que en virtud de incumplimientos y violaciones a los derechos de los trabajdores del proyecto en mención, se generaron una serie de conflictos laborales, en el cual lo (sic) trabajadores exigen a la empresa que cumpla con las exigencias establecidas para garantizar condiciones justas de trabajo, por lo cual se presenta un pliego de peticiones ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por parte del SUNTRACS, en contra de la empresa MAQTEC, S.A., el cual estaba amparado por la mayoría de los trabajadores que a esa fecha se encontraban laborando, cuya constancia lo demuestra la CERTIFICACIÓN N°1172.DOS.2007 expedida por el propio Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral donde hace constar que a la fecha del 10 de julio de 2007 el SUNTRACS contaba con más de 50 trabajadores, además de que existe constancia en el Ministerio de Trabajo de un laudo arbitral que con anterioridad se estableció en contra de la empresa MAQTEC S.A. por parte de los trabajadores del SUNTRACS.
A pesar que el SUNTRACS acreditó tener la mayoría de trabajadores, con el pliego de peticiones en contra de MAQTEC, S.A. en el proyecto de la Isla Viveros, es falsa la aseveración que hace el señor R.S. SIERRA en la Resolución N°171-DGT-RT-07 del 31 de julio de 2007 donde indica que el SUNTRACAS (sic) solo cuenta con treinta y seis (36) trabajadores y que por tanto no son mayoría en el proyecto, basados en una supuesta certificación 1199 del 30 de julio de 2007 firmada por E.Q. del departamento de organizaciones sociales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, la cual también es falsa en su contenido.
Que la certificación emitida CERTIFICACIÓN N°.1172.DOS.2007 expedida por el propio Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral con fecha del 10 de julio de 2007, CERTIFICA que son trabajadores afiliados al SUNTRACS los siguientes trabajadores de la empresa MAQTEC S.A.:
1. A.M., con cedula 8-781-976
...
51. J.P., con cédula 8-734-1667
Que por tanto SON FALSAS LAS ASEVERACIONES DE LA RESOLUCIÓN N°. 171-DGT-RT-07 del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral fechada 31 de julio de 2007 y firmada por el licenciado R.S.S., quien indica que el SUNTRACS tiene solo treinta y seis (36) trabajadores afiliados cuando esta misma institución había certificado un número mayor de afiliados; en tanto que le acredita al sindicato (sic) Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Perforación de Panamá (SINTICOPP) más de la cantidad de trabajadores que realmente tiene afiliados.
En este mismo pliego de peticiones se ha aportado la nota fechada 2 de julio de 2007, cuyo original reposa en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en la cual cincuenta y cinco (55) trabajadores de MAQTEC, S.A. le indican al R.L. de esta empresa, que ellos son afiliados al SUNTRACS y QUE ELLOS NO HAN AUTORIZADO AL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONTRUCCIÓN Y PERFORACIÓN DE PANAMÁ (SINTICOPP) a negociar Convención Colectiva con la empresa.
...
Que nuestro ordenamiento penal en sus artículos 265 y 266 tipifican como delito la conducta realizada por los señores R.S. SIERRA y E.Q., al hacer incluir en esta resolución del 31 de julio de 2007 la declaración falsa de que el SUNTRACS solo tenía 36 trabajadores afiliados, lo cual ES FALSO; es falso también lo acreditado mediante certificación 1199.DOS07 del 30 de julio de 2007 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral al indicar que el...
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