Resolución Nº 37 de 19 de diciembre de 2007, "POR LA CUAL SE REALIZA CAMBIO DE HORARIO PARA LOS FUNCIONARIOS DEL CENTRO DE COMUNICACIONES JUDICIALES".

República de Panamá

Ministerio Público

Procuraduría General de la Nación

RESOLUCIÓN N°37

(De 19 de diciembre de 2007)

"Por la cual se realiza cambio de horario para los funcionarios

del Centro de Comunicaciones Judiciales"

LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que se han efectuado consultas con las Coordinaciones Administrativas de San Miguelito, Herrera y Los Santos, relacionadas con la propuesta de cambio de horario para los funcionarios del Centro de Comunicaciones Judiciales y los Trabajadores Manuales.

Que esta propuesta tiene como finalidad incrementar la productividad del personal asignado a la labor de mensajería, traslado de expedientes, citaciones judiciales y trabajadores manuales, (quienes asisten a labores de mensajería).

Que además, con esta iniciativa se pretende mejorar el rendimiento de los vehículos de la Institución asignados a los Centros de Comunicaciones Judiciales con relación al consumo de gasolina por kilómetro recorrido, mediante la implementación de cambios de horarios a estos funcionarios, para que puedan iniciar sus labores antes de las ocho (8:00 a.m.) de la mañana y culminar éstas antes de las cinco (5:00 p.m.) de la tarde.

Que de igual manera, este cambio en el horario permitirá la incorporación de un sistema de turnos rotativos, lo cual redundará en beneficio de la institución y del personal adscrito al Centro de Comunicaciones Judiciales.

Que a nivel interno se llevaron a cabo consultas legales con el propósito de evaluar la existencia o no de normativas que permitan o impidan la implementación de estos cambios de horarios para el personal del Centro de Comunicaciones y a los Trabajadores Manuales.

Que con el ánimo de poner en práctica esta medida administrativa y evaluar las fortalezas y debilidades de esta jornada, esta práctica primero se implementará para los funcionarios del Centro de Comunicaciones Judiciales.

RESUELVE:

PRIMERO: El horario del Centro de Comunicaciones Judiciales que deben cumplir los citadores judiciales será de ocho (8:00 a.m) de la mañana a doce (12:00 m.) mediodía y de doce y media (12:30 m.) del mediodía, a tres y treinta (3:30 p.m.).de la tarde

SEGUNDO: El horario de descanso en medio de la jornada será de treinta (30) minutos de doce (12:00 m.) mediodía, a doce y treinta (12: 30 m.) del mediodía.

TERCERO: Durante el período del descanso en medio de la jornada laboral, los citadores se mantendrán en las áreas que...

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