Resolución Nº 07 de 30 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE RECONOCE LA CARRERA DE TÉCNICO EN ELECTROCARDIOGRAFÍA'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE SALUD

CONSEJO TÉCNICO DE SALUD

RESOLUCIÓN Nº 07 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2008

CONSEJO TÉCNICO DE SALUD

en uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que es función del Estado velar por la salud de la población así como es responsabilidad del Ministerio de Salud, a través del Consejo Técnico de Salud, reglamentar y aprobar el ejercicio de la medicina y profesiones afines en el territorio nacional conforme a lo que establece la Ley 66 de 10 de noviembre de 1947, que aprueba el Código Sanitario.

Que la Asociación Nacional de Técnicos de Electrocardiografía de Panamá, solicitó el reconocimiento de la carrera de Técnico en Electrocardiografía en el territorio nacional al Consejo Técnico de Salud.

Que es un hecho que en nuestro país las enfermedades del corazón se han convertido en una de las principales causas de muerte, ocasionando un gran interés por la prevención y el tratamiento de las mismas. La electrocardiografía es un método de gabinete de importancia dentro de la Cardiología, y en consecuencia debe ser realizado por personal idóneo.

Que el Consejo Técnico de Salud en su Sesión Ordinaria Nº 6 de 26 de septiembre de 2008, aprobó reconocer la Carrera de Técnico en Electrocardiografía y otorgar idoneidad para el ejercicio de la misma.

Que en mérito de lo expuesto, se

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO

Se reconoce la Carrera de Técnico en Electrocardiografía en el territorio nacional y su ejercicio quedará sujeto a lo establecido en la presente Resolución y sólo podrá ser ejercido por aquellas personas que hayan obtenido su idoneidad respectiva.

ARTÍCULO SEGUNDO

A partir de la vigencia de la presente Resolución se considerará Técnico en Electrocardiografía a la persona que ha realizado estudios superiores en una universidad nacional o extranjera, oficiales o privadas o entidades docentes formadores de carreras técnicas de conformidad con la Ley, que ejecuta labores de manejo y mantenimiento de equipos en las distintas áreas de cardiología, tales como: Holter, Prueba de Esfuerzo, marcapasos, ecocardiografía, hemodinámica, estudios electrofisiológicos, Holter de presión arterial Telemetría y otros aspectos afines a la especialidad, bajo la supervisión de un médico especialista en cardiología.

ARTÍCULO TERCERO

El Consejo Técnico de Salud del Ministerio de Salud, otorgará idoneidad y autorización para el ejercicio de...

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