Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 21 de Septiembre de 1995

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 1995
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Ingresó a la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de reconsideración con apelación en subsidio, propuesto por el licenciado O.A.A. en representación del licenciado O.A.A.Q., en contra de la decisión contenida en la Resolución Nº 16-95 de nueve (9) de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995), la cual resuelve el concurso Nº 050-95 (interno) posición (1738) para el cargo de Oficial Mayor de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Los puntos más relevantes en los que se apoya el apoderado judicial del recurrente se pueden resumir de la siguiente manera:

"PRIMERO: Asimismo, impetramos que sea reconsiderada la valoración asignada a los concursantes, en cuanto a Seminarios se refiere, ante la posibilidad de que se hayan intentado acreditar, por un solo aspirante, dos (2) o más seminarios dictados en la misma fecha y a la misma hora, a los que obviamente una persona natural no podría asistir simultáneamente.

SEGUNDO

Nosotros no dudamos de la importancia académica y cultural que representa la celebración de estos actos cuando son debidamente asistidos y asimilados, así como reconocemos que la escala de valoración a ellos asignada ha sido legalmente implementada con el Reglamento de Carrera Judicial. Sin embargo, el crédito que dichos actos representan no debe ser equiparado y mucho menos superpuesto a otros valores y méritos fraguables sólo con el paso de los años y a la sombra de una formación moral. Tales son la honestidad y la experiencia, que bien combinadas producen la eficiencia en el desempeño jurisdiccional.

TERCERO

Traemos a colación lo anterior, pues el caso que nuestro representado, a nuestro criterio, reúne las virtudes referidas, luego de casi once (11) años de servicios al Órgano Judicial, durante los cuales ha sido funcionario fundador en dos (2) Juzgados Circuitales Penales (San Miguelito-1984 y Ancón-1990), ha obtenido el Título de Abogado, e Idoneidad, sin que una sola mancha opaque su historial, hechos de los que da fe su expediente y estamos seguros que cada uno de los jefes con los cuales ha laborado hasta el presente.

CUARTO

La Alta puntuación conferida en concepto de asistencia a seminarios, que en algunos casos representa más del 60% del total de puntos asignados a algunos aspirantes, ocasiona la exclusión e inelegibilidad de otros concursantes con elevados méritos como lo son la antigüedad, la lealtad y...

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