Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 24 de Junio de 1994

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución24 de Junio de 1994
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Conoce esta Sala Cuarta de Negocios Generales, de la Apelación interpuesta en subsidio, propuesta por el licenciado F.T., actuando en nombre y representación de la señorita Y.D. Garrido, en contra de la Resolución Nº 11-94 del 23 de febrero de 1994, mediante la cual se determina la lista de elegibles y no elegibles para la posición de Oficial Mayor del Juzgado Primero del Segundo Circuito Judicial de Panamá, Provincia de Panamá, Ramo Penal.

En la resolución impugnada, dentro de la lista de seleccionables para el citado concurso, no aparece la señorita Y.D.G., sobre la base que no aportó la documentación completa y que se exige como requisito indispensable para valorar a cabalidad los méritos académicos y humanos de cada participante, específicamente lo concerniente a una "carta que acreditaba tres (3) años de trabajo, la cual fue desechada toda vez que no contenía supuestamente la información correcta". Y que a consideración de la parte impugnante esta constituye la situación que la imposibilita de alcanzar la puntuación necesaria para que sea incluida en la lista de seleccionables del mencionado concurso.

La recurrente sustentó recurso de reconsideración con apelación en subsidio en fecha 14 de marzo de 1994 y lo fundamento en los siguientes hechos:

PRIMERO

La joven Y.D.G., es estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, y se encuentra actualmente pendiente de sustentación de su trabajo de graduación.

SEGUNDO

Mi poderdante se ha desempeñado dentro del Órgano Judicial inicialmente en el Juzgado Decimocuarto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial desde el 2 de noviembre de 1992 al 15 de octubre de 1993, donde luego de prestar lo mejor de sí en sus labores es elegida por el Juzgado Noveno de Circuito Penal para ocupar el cargo que una casi profesional merece ostentar, el de Oficial.

TERCERO

Que actualmente el cargo que ocupa nuestra representada lo viene ejerciendo desde el 16 de octubre de 1993 a la fecha y con su labor ha dejado sentado ser una persona capaz para el mismo contribuyendo al desempeño del Despacho que conforma. Igualmente en su afán de superación ha concursado en varios cargos entre los cuales se encuentra el correspondiente al Juzgado de San Miguelito que por razones obvias de conveniencia en cuanto lugar donde reside y para desempeñar las mismas tareas que ejecuta en su actual puesto es no obstante calificada por la Comisión de Personal del Ramo Penal, del Primer Distrito Judicial mediante Resolución Nº 11-94 de 23 de febrero del año en curso, decide no incluirla dentro de la lista de elegibles, calificándola...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR