Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 23 de Octubre de 2015

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2015
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Ha ingresado a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de apelación interpuesto contra el Auto Penal de 29 de octubre de 2014, por medio del cual el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial declaró no probado el incidente de nulidad promovido por la licenciada C.O.A. ROJAS DE S., en representación de J.F.L.B.. La decisión cuestionada se emite dentro del proceso seguido a J.F.L.B. y Z.M.A., sindicados por el delito contra la vida y la integridad personal (Homicidio en grado de Tentativa) y contra el patrimonio económico (Robo), en perjuicio de P.M.P.J., y pretende la revocatoria del Auto de Llamamiento a Juicio. La decisión fue apelada por la abogada defensora, quien en tiempo oportuno presentó su escrito de sustentación, concediéndose el recurso mediante proveído de 24 de noviembre de 2014 (fs. 44). ESCRITO DE APELACIÓN La abogada defensora medularmente sustenta su disconformidad en los siguientes aspectos: "...SEXTO: El hecho delictivo atentatorio CONTRA LA VIDA, es una Lesión Mínima que no puso en peligro la vida de la víctima, sin embargo si se quisiera tipificar un delito es una Lesión personal con una incapacidad mínima de 8 días que NO PUSO EN PELIGRO LA VIDA del Afectado. SÉPTIMO: Que de Acuerdo a lo investigado podemos observar que el Delito CONTRA EL PATRIMONIO en perjuicio de P.M.P. JURADO, se encuentra plenamente acreditado, sin embargo el hecho punible CONTRA LA VIDA no aparece configurado. OCTAVO: Que al dar su Pronunciamiento la LIC. B.P. DE CASTILLO, en Representación de la Vindicta Pública, considera que el Auto de Llamamiento a Juicio, se ajusta a los requerimientos contenidos en el Artículo 2219 del Código Judicial, pues se demostró el hecho punible que atenta contra la Vida en su modalidad imperfecta. Sigue señalando "LA CONFUSIÓN QUE TIENE LA PETICIONARIA, es que considera que el delito de Homicidio en grado de Tentativa, está íntimamente ligado a que se haya puesto en peligro la vida de la Víctima, así como la incapacidad establecida, lo que se aleja de los parámetros que deben ponderar al momento de hacer la calificación por parte del Tribunal Colegiado. (LO SUBRAYADO EN MAYÚSCULA Y NEGRITA ES NUESTRO)... ...NOVENO: Fundamentamos Nuestra Nulidad HONORABLES MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en Derecho al ver que al NO Tipificar el Correcto Hecho Punible por el cual deberá ser Juzgado mi Representado este Proceso se surte sin observar los Derechos y Garantías CONSTITUCIONALES, contenidos en los Artículos 1941-1949, se Priva a JHONATHAN de ser JUZGADO POR UN TRIBUNAL COMPETENTE y conforme al Trámite Legal, porque el DELITO CONTRA EL PATRIMONIO ECONÓMICO EN LA MODALIDAD DE ROBO, corresponde a la ESFERA CIRCUITAL... ". AUTO APELADO El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante Auto Penal de 29 de octubre de 2014, concluyó: "...en ese sentido, debemos indicar, que si bien es cierto, en la experticia médico legal realizada al...

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