Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Junio de 2003

PonenteCésar Pereira Burgos
Fecha de Resolución30 de Junio de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema del recurso de apelación formalizado por la defensa técnica de L.A.H., condenado el 5 de septiembre de 2002 a la pena de16 años de prisión por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, por la comisión del delito de homicidio agravado en perjuicio de M.A.M.

El recurrente censura la sentencia atacada porque encuadra la conducta de Hortas en el delito de homicidio con premeditación. No comparte ese juicio jurisdiccional porque, al igual que la víctima, H. "siempre andaba armado"(f.550), y que los hechos ocurrieron cuando el imputado se encontró "con la persona con la cual siempre habían tenido problemas" (f.550). Y agrega que el imputado actuó mediante "un dolo que se denomina de momento",es decir, "un dolo sin premeditación instantánea" (f.551).

Concluye el recurrente con la consideración que su mandante debe ser sancionado por la pena que establece el delito de homicidio simple, y que sea rebajada de 5 a 7 años y la pena quede fijada entre 7 a 8 años de prisión. (F.551)

Los hechos que motivan esta causa ocurrieron en la madrugada del 22 de enero de 2000, en el sector de Plaza Amador, corregimiento de Chorrillo, Distrito de Panamá. En ese lugar estaba M.A.M. en compañía de varias personas que celebraban el triunfo del equipo de fútbol Plaza Amador. Durante el festejo, L.A.H.M. y E.P.Q. se aproximaron a M. y le efectuaron varios disparos que causaron su muerte. El protocolo de necropsia revela que M. presentaba en su cuerpo dos heridas por arma de fuego: una en el pecho y otra en el abdomen. Finaliza el dictamen medico legal con la consideración que M. falleció por la herida penetrante por proyectil por arma de fuego (fs- 59-67).

La sentencia impugnada fundamenta la conducta de L.A.H.M. en el homicidio premeditado, por considerar que "el hecho punible ocurrió debido a venganzas personales, ya que el occiso había tenido anteriormente diferencias con PORTER, además la forma como ocurrió el hecho demuestra que los enjuiciados estaban esperando el momento propicio para ocasionar el daño, pues no hubo discusión previa... al contrario, en este caso todos los presentes y el occiso se encontraban celebrando el triunfo del equipo del área; aunado a ello no se explica por qué, en una celebración, los enjuiciados portaban armas de fuego; ello nos hace concluir que su intención era ocasionar el mal que, efectivamente lograron" (f.535).

Es importante anotar que la culpabilidad de...

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