Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 1 de Mayo de 1998

PonenteROGELIO FÁBREGA ZARAK
Fecha de Resolución 1 de Mayo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

B., APARICIO Y ASOCIADOS, apoderados judiciales de los señores ALFREDO MARCIAGA Y ARCADIA NÚÑEZ DE MARCIAGA, recurren en casación contra la resolución del 11 de febrero de 1998, proferida por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ, en relación con el incidente de excepción de cosa juzgada introducido por JOSÉ ANTONIO ESPINOZA CÓRDOBA y OTROS, dentro del proceso ordinario propuesto por ALFREDO MARCIAGA Y ARCADIA NÚÑEZ DE MARCIAGA contra J.A.E.C. y OTROS.

Ingresado el expediente a la Secretaría de la Sala Civil, se fijó en lista por el término que señala la ley para que las partes alegaran sobre la admisibilidad del mismo, término que sólo aprovechó el recurrente, tal como se lee a foja 106.

Cumplidos los trámites procesales inherentes a esta clase de recurso, pasa esta sala de Casación Civil a pronunciarse sobre la admisibilidad del mismo, tomando en cuenta para ello los requisitos contemplados en el artículo 1165 del Código de Judicial, así como también las exigencias formales señaladas en el artículo 1160 del mismo.

Consta en autos que el recurso se anunció y formalizó en tiempo, además el recurso procede por razón de la cuantía y la resolución que se impugna es objeto del recurso.

El recurrente...

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