Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Diciembre de 1996

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En el proceso ordinario que FINACAL, S.A. le sigue a INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A., esta Sala de la Corte declaró admisible el recurso de casación interpuesto por la firma ARIAS, FÁBREGA & FÁBREGA actuando en representación de la parte demandada y como demandante en reconvención.

Encontrándose el negocio pendiente para que alegaran las partes en cuanto al fondo, los apoderados de ambos litigantes solicitaron la suspensión del proceso por el término de quince días, a lo que accedió el M.S..

Posteriormente, las firmas forenses ARIAS, FÁBREGA & FÁBREGA en su condición de apoderados especiales de R.C.H. y de la sociedad INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A. (denominados cuando actúan conjuntamente EL GRUPO EUGANA) y, la firma de abogados GALINDO ARIAS & LÓPEZ como apoderados especiales de MARIO GUARDIA JAÉN y de las sociedades MINERAL BÁSICO, S.A., CALX INDUSTRIAL, INC. y FINACAL, S. A. (todos denominados EL GRUPO FINACAL), presentaron a la Secretaría de esta Sala de la Corte memorial contentivo de un "CONVENIO DE TRANSACCIÓN Y DESISTIMIENTOS CONDICIONALES", con la intención de resolver de mutuo acuerdo todos sus conflictos, litigios y diferencias en los procesos que a continuación se enuncian:

"CONSIDERANDO

A. Que INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A. sigue proceso ordinario contra MARIO GUARDIA JAÉN, del cual conoció en primera instancia el Juez Tercero del Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, por medio del cual, entre otras cosas, se demanda la resolución del contrato de permuta de acciones suscrito por ambos con fecha 19 de octubre de 1983 y que, como consecuencia de dicha resolución, se condene al demandado a devolverle unos certificados de acciones de MINERAL BÁSICO, S.A. y CALX INDUSTRIAL, INC. o, en su defecto, que se condene a pagar al actor la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BALBOAS (B/.750,000.00) más daños y perjuicios ocasionados por el actor en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BALBOAS (B/.250.000.00) intereses, costas y gastos del proceso, del cual conoce actualmente la Sala Primera Civil, de la Corte Suprema de Justicia por virtud de recurso de casación interpuesto por la representación de MARIO GUARDIA JAÉN.

B. Que, por su parte, FINACAL, S. A. siguió proceso ordinario contra INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A. del cual conoció en primera instancia el Juzgado Sexto del Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, por medio del cual, entre otras cosas, pidió que se condenara al demandado a traspasar a FINACAL, S.A. las acciones representadas en los certificados de acciones números 16, 17 y 19 emitidos AL PORTADOR POR MINERAL BÁSICO, S.A., o en su defecto a pagar CIENTO CINCUENTA MIL BALBOAS (B/.150.000.00) por el importe de su valor, así como a reembolsar la suma de CIENTO VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BALBOAS (B/.125, 759.00) en concepto de gastos de saneamiento de las fincas números 5459 y 6051 de la Provincia de Panamá. Por su parte INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A. presentó demanda de reconvención en el mismo proceso, en el que pide se declare a FINACAL, S.A. como responsable solidaria de las obligaciones contraídas por MARIO GUARDIA JAÉN en el Contrato de Permuta del 19 de octubre de 1983. Por sentencia de 7 de mayo de 1996, el Primer Tribunal Superior de Justicia decidió en segunda instancia negar las pretensiones tanto del actor FINACAL, S.A. como de la reconvencionista INSTITUTO DE INVERSIONES EUGANA, S.A. ante la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, donde se encuentra actualmente el proceso.

C. Que, R.C.H. sigue contra CALX INDUSTRIAL, INC., y MINERAL BÁSICO, S. A. proceso ordinario ante el Juzgado...

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