Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 4 de Abril de 1997

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución 4 de Abril de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado R.F.C.A., en su condición de apoderado de

la sociedad CONTINENTAL AIRLINES, S.A.

parte actora en el proceso ordinario que le sigue a CONTINENTAL AIRLINES, INC., ha interpuesto recurso de casación

contra la resolución de 22 de abril de 1996 dictada por el Primer Tribunal

Superior de Justicia, mediante el cual decide el Incidente de Daños y

Perjuicios propuesto dentro de la Acción de Secuestro decretada en dicho

proceso.

Cumplidas las reglas de reparto el negocio se fijó en lista para que

las partes alegaran en cuanto a la admisibilidad del recurso, lo cual no fue

hecho por ninguno de sus apoderados judiciales.

Por tanto corresponde a la Sala decidir lo de lugar, previo el examen

del recurso de conformidad con los requerimientos que determina el artículo

1165 del Código Judicial.

En tal sentido, vemos que la resolución objeto del recurso es de

aquellas contra las cuales lo concede la ley; el recurso ha sido interpuesto en

tiempo; Sin embargo, el escrito de formalización, que corre de fojas 41 a 44,

no cumple con los presupuestos que señala el artículo 1160 ibídem.

Según se aprecia, la causal invocada es "Infracción de normas

sustantivas de Derecho, por interpretación errónea de la norma de derecho, lo

cual ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la Resolución recurrida.

A pesar de que la causal utilizada es de las establecidas para la

casación en el fondo, en los motivos que deben servirle de fundamento el

recurrente se refiere a la falta de tramitación de un incidente por

extemporáneo, planteamiento que es propio de la casación en la forma.

Aunado a lo expuesto, la norma que se considera mal interpretada es de

naturaleza adjetiva...

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