Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 4 de Abril de 2001

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma de abogados RIVERA, BOLÍVAR Y CASTAÑEDAS, apoderada judicial de INDUSTRIAS PANAMÁ BOSTON, S.A. ha interpuesto recurso de Casación en el fondo contra la Sentencia de 22 de noviembre de 2000, dictada por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del proceso ordinario de mayor cuantía que le sigue C.M.G.P..

Surtido el reparto de rigor, se ordenó la fijación en lista por el término de seis (6) días, para que dentro de los tres (3) primeros, la parte opositora alegue sobre la admisibilidad; y dentro de los tres (3) siguientes, el recurrente replique. Dicho término fue aprovechado por la parte opositora al recurso, visible a fojas 453-456 del expediente, así como el escrito de réplica que formula el casacionista a fojas 457-460.

Cumplidos los trámites correspondientes a esta clase de recurso, pasa esta Sala a pronunciarse con respecto a la admisibilidad del mismo, tomando en consideración los requisitos contemplados en los artículos 1165 y 1160 del Código de Procedimiento Civil.

La resolución y la cuantía se enmarcan dentro de lo establecido por la ley para la concesión del recurso. Además, en cuanto a la exigencia establecida en el artículo 1165 del Código Judicial, en relación con el artículo 1159 de ese cuerpo de leyes, en materia de interposición oportuna del recurso, esto es, por el término improrrogable de diez (10) días, se observa que el mismo se formalizó en tiempo.

Se presentan tres causales en el fondo.

La primera de ellas es: "Infracción de las normas sustantivas de derecho, por violación directa, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida." Observa la Sala que dicha causal aparece recogida como tal, en el artículo 1154 del Código Judicial. Los motivos que sustentan dicha causal son tres y en ellos aparecen expuestos a grosso modo de que manera se dio la violación directa de la norma. La Sala considera que los mismos reúnen, de manera general, los requisitos establecidos en la ley, por lo que debe admitirse esta causal.

La segunda causal de fondo invocada es...

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