Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 5 de Agosto de 1999

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución 5 de Agosto de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Procede la Sala a decidir el recurso de casación en el fondo interpuesto por Carrera y Asociados en su condición de apoderada especial de la sociedad FINANCITY, S.A., contra la sentencia proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 29 de octubre de 1996, que decidió las excepciones propuestas por el señor R.T., parte demandada en el proceso ejecutivo que le sigue la sociedad recurrente.

Las constancias procesales revelan que FINANCITY, S.A. interpuso proceso ejecutivo contra el señor R.T., presentando como recaudo ejecutivo nueve letras de cambio, que suman sesenta y ocho mil seiscientos treinta y cuatro balboas con noventa centésimos (B/.68,634.90).

Mediante Auto Nº 584 de 18 de marzo de 1996, el Juzgado Sexto del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, elevó a embargo el secuestro que había decretado mediante auto Nº 2395 de 27 de diciembre de 1995, hasta la concurrencia de setenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro balboas con treinta y tres centésimos (B/.79,544.33), incluyendo capital, costas y gastos provisionales.

La parte ejecutada presentó excepciones de falta de legitimación en la causa del ejecutante y de prescripción de la acción, que fueron resueltas por el Juez Sexto mediante Sentencia Nº 32 de 7 de junio de 1996, en la que negó la primera excepción y declaró probada la de prescripción.

Por su parte, el Primer Tribunal Superior de Justicia en la sentencia que se impugna en casación, modificó la resolución de primera instancia únicamente en el sentido de que eliminó las costas que se le habían impuesto a la ejecutante y la confirmó en todo lo demás.

El recurso de casación invoca como única causal la infracción de normas sustantivas de derecho, por violación directa que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida.

Los motivos que le sirven de fundamento son los siguientes:

"PRIMERO: Nuestra representada FINANCITY, S.A. promovió proceso ejecutivo contra el ejecutado R.T. y éste a su vez en su defensa introdujo, entre otras, la excepción de prescripción la cual fue declarada probada por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el que no reparó que la ley de documentos negociables que regula las letras de cambio, no contiene norma alguna sobre prescripción, por lo que era de obligatorio cumplimiento acudir a la prescripción ordinaria mercantil establecida en el Código de Comercio, la que de haberla aplicado habría fallado en forma distinta a como lo...

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