Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 6 de Noviembre de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado RANDOLPH A. LAWSON, en su propio nombre y representación, ha interpuesto recurso de casación contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 9 de noviembre de 1995, que decidió en segunda instancia el incidente de cobro de honorarios instaurado por el recurrente, dentro del proceso ordinario que le sigue el señor J.V. a AGENCIAS DE SEDAS, S.A.

El recurso se encuentra pendiente de decidir sobre su admisibilidad, a lo que procede la Sala, tomando en consideración para ello, los requisitos que establecen los artículos 1160 y 1165 del Código Judicial.

Se trata de una resolución recurrible en casación, tanto por su naturaleza como por la cuantía del negocio. Además, las constancias procesales revelan que el recurso fue anunciado y presentado en tiempo oportuno y por persona hábil.

En relación con el escrito de formalización del recurso, la Corte observa que se trata de casación en el fondo en la que se invoca como causal única, la infracción de normas sustantivas de derecho en el concepto de violación directa, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida; causal que se encuentra consagrada en el artículo 1154 del Código Judicial.

Al revisar los motivos que le sirven de fundamento, la Sala advierte que los mismos no sustentan la causal de fondo invocada. Es decir, no señalan con claridad los cargos que se le hacen a la resolución impugnada, limitándose el recurrente a indicar que el Tribunal Superior incurrió en violación directa de la ley sustantiva, "al no aplicar la norma que faculta el cobro de honorarios en estos casos".

Es preciso recordar que la causal constituye el cargo en forma abstracta, que adquiere...

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