Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 7 de Febrero de 1996

PonenteRAFAEL A. GONZÁLEZ
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Dentro del proceso ordinario instaurado por el señor JOSÉ DE JESÚS GUTIÉRREZ contra A.E.V., el apoderado judicial de la parte actora presentó recurso de casación contra la sentencia de segunda instancia, proferida por el Tribunal Superior de Justicia del Cuarto Distrito Judicial, el 17 de octubre de 1995.

Cumplidos los trámites procesales correspondientes a esta clase de negocio, es tarea de la Sala determinar si cumple con los requisitos que la ley exige para su admisibilidad.

Se observa que la resolución recurrida es susceptible de impugnación, tanto por su naturaleza como por la cuantía del negocio.

Consta en autos que el recurso fue anunciado y presentado en tiempo oportuno y por la persona agraviada con la sentencia de segunda instancia.

En relación con el escrito de formalización se advierte que se trata de recurso de casación en el fondo, en el cual se ha invocado como única causal "Infracción de normas sustantivas de derecho por concepto de error de hecho sobre la existencia de la prueba".

Sin embargo, al adentrarnos en el estudio de los motivos que le sirven de fundamento, se observa que en el motivo primero el recurrente afirma que el fallo impugnado da por probado que el demandante vendió al demandado sus derechos posesorios, "basándose en una supuesta solicitud de permiso para la venta de derechos posesorios y la consiguiente supuesta autorización que la Reforma Agraria concedió al demandante", motivo que guarda relación con la causal probatoria de error de derecho y no de error de hecho.

En el motivo segundo, alega que "En ninguna parte del expediente figura documento público o privado, ni medio probatorio alguno que pruebe que efectivamente el Demandante haya vendido al Demandado los referidos derechos posesorios, incurriendo así el fallo impugnado en dar por existente una prueba que no existía."

El contenido de esos...

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