Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 8 de Mayo de 2000

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Dentro del proceso sumario de venta de bien común instaurado por el señor E.J.C. contra la señora D.X.S.V., la firma forense S., Endara, D. y G., en su condición de apoderada especial de la parte demandada, interpuso recurso de casación contra la resolución que decidió dicho proceso en segunda instancia, la cual fue dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 18 de septiembre de 1997.

Las constancias procesales revelan que el señor E.J.C. presentó demanda sumaria ante el Juzgado Séptimo del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, con el objeto de que se decretara la venta del bien inmueble común que tiene con la señora D.X.S.V..

Una vez cumplidos los trámites correspondientes a esta clase de proceso, dicho Juzgado dictó la Sentencia Nº 17 de 7 de marzo de 1997 en la cual "... ORDENA LA VENTA JUDICIAL DEL BIEN COMUN DESCRITO como Finca Nº 52,999, inscrita al tomo 1235, folio 240 de la Sección de Propiedad, Provincia de Panamá, a fin de que se distribuya el producto del remate en los términos señalados en la certificación expedida por el Registro Público y que corre a fojas 7 del expediente, para lo cual se tendrá como base la suma de NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y UN CENTESIMOS (B/.97,437.91)". (F. 155)

Inconformes con dicha decisión, ambas partes apelaron y, mediante la sentencia fechada 18 de septiembre de 1997 que ahora se impugna en casación, el Primer Tribunal Superior de Justicia "... REFORMA la Sentencia Nº 17 de siete (7) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), proferida por el Juzgado Séptimo del Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro del Proceso Sumario de Venta de Bien Común propuesto por E.J. (sic) COLLAZO contra D.X.S.V., en el sentido de fijar como base de la venta judicial la suma de B/.119,539.35 en vez de B/.97,437.91 como decía" y la mantiene en todo lo demás. (Fs. 186-187)

El recurso de casación presentado por la parte demandada es en el fondo y se invoca como causal única, la infracción de normas sustantivas de derecho por error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida.

Los motivos que le sirven de fundamento son del tenor siguiente:

"PRIMERO: En la sentencia impugnada el Tribunal Superior, tomó en cuenta el contenido y las afirmaciones que en el informe del perito del Tribunal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR