Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 9 de Marzo de 1998

PonenteROGELIO FÁBREGA Z
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La resolución expedida por la Sala Primera de esta Corporación de Justicia, el ll de febrero de 1998, ordenó a la licenciada D.C.D.M. que corrigiera el recurso de casación que, en representación de los señores I.J.M., M.J.M., P.J.M., A.J.M., J.M.J.M., ÁNGEL JUSTAVINO MORÁN, L.A.J.M., Y S.J.J., había interpuesto contra el auto expedido por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de Panamá, el 24 de octubre de 1996, dentro del proceso de sucesión intestada de ANACLETO JUSTAVINO FUENTES.

Para corregir el recurso contó el casacionista con los cinco días que concede el artículo 1166 del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, manifiesta la Secretaría de la Sala en el informe ubicado a foja 69 del expediente, que el mismo no se llevó a efecto.

En razón de que la preclusión del término de corrección, conlleva la inadmisión del recurso...

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