Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 14 de Febrero de 1996

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución14 de Febrero de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

En contra de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del Segundo Distrito Judicial de Coclé y Veraguas, el 2 de marzo de 1995, la firma de abogados MORENO Y FÁBREGA formalizó, en representación de los señores FRANCISCO MAYA CAMARENA, J.D. GUERRA Y AUGUSTO GUERRA, recurso de casación en el fondo en búsqueda de que se revoque la resolución atacada que negó las pretensiones de sus representados, quienes mediante los procedimientos del juicio civil ordinario demandaron al Asentamiento Campesino Todo Por la Patria, a fin de que resultase condenado a devolverle "los bienes propios que aportaron para dicho asentamiento", que se dice consistieron en reses, tierras con sus mejoras, así como los beneficios, cuotas, intereses y los otros derechos que les correspondían por haber pertenecido a la organización social demandada.

La resolución impugnada confirmó en todas sus partes la Sentencia Nº 64 de 1º de junio de 1994, dictada por el Juzgado Primero del Circuito Judicial de Veraguas, Ramo Civil, y que se profirió en los siguientes términos

"Por las anteriores consideraciones, quien S., JUEZ PRIMERO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VERAGUAS, RAMO DE LO CIVIL, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la LEY, CONDENA EN ABSTRACTO al ASENTAMIENTO CAMPESINO "TODO POR LA PATRIA Nº 2", Organización campesina debidamente registrada y reconocida por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, a pagarle todos los beneficios, cuotas, intereses y demás derechos que tuvo como socio activo el señor AUGUSTO GUERRA o AUGUSTO MACHUCA GUERRA dentro de la organización campesina hasta el 28 de septiembre de 1989. Para la liquidación de la misma, sólo se tendrá la participación y aportación que dicho miembro mantuvo dentro de la organización. SE NIEGA las demás declaraciones impetradas por el demandante, así como las declaraciones judiciales solicitadas en la demanda de reconvención. Sin costas para ambas partes."

El recurrente en casación ha invocado dos causales de fondo que serán examinadas por la Sala en forma separada.

PRIMERA CAUSAL DE FONDO.

Se invoca la infracción de normas sustantivas de derecho por concepto de violación directa y se señalan los motivos que ahora la Sala pasa a resumir, cuidándose de destacar lo medular.

En primer lugar, dícese que la sentencia reconoció que los demandantes hicieron aportes al asentamiento campesino demandado en concepto de bienes, ganado y servicios, pero que simultáneamente les desconoció el derecho que tienen a recuperar el valor económico de los mismos. Se añade que no se ha respetado la presunción que obra a favor de los demandantes en el sentido de que los aportes se hicieron para obtener beneficios materiales, pues la sentencia ha ignorado que el asentamiento es un ente de naturaleza económica de cuyo funcionamiento surgen derechos consagrados en la Ley a favor de quienes hayan contribuido y participado en su creación y en el desenvolvimiento de sus actividades. Se señala que la Ley le asegura a quienes se separen de un asentamiento que se les reconozcan sus aportes y una participación en los beneficios que hayan podido haberse alcanzado. En el caso de los...

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