Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Junio de 2001

PonenteROGELIO FABREGA Z
Fecha de Resolución15 de Junio de 2001
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Conoce la Sala del recurso de casación en el fondo promovido por el señor C.R.V., por intermedio de su apoderado judicial, contra la resolución proferida el 28 de diciembre de 2000, por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, en el proceso ordinario de mayor cuantía que al recurrente le sigue, D.E., S.A..

Del recurso se cumplieron las fases de admisibilidad y alegatos de fondo, por lo que corresponde a la Sala el examen de los vicios de ilegalidad planteado en el mismo, previo a lo cual se dejan expuesto los antecedentes procesales del negocio.

ANTECEDENTES

El proceso dentro del cual se recurre fue iniciado con la demanda interpuesta por D.E., S.A., mediante apoderado judicial, contra el señor C.R., para que fuera condenado a pagar la supuesta deuda que contrajo con la demandante, por concepto de venta a crédito de mercancía de construcción.

La demanda quedó radicada en el Juzgado Séptimo del Circuito de Chiriquí, Ramo Civil y, una vez cumplida con todas las formalidades inherentes a este tipo de proceso, procedió el a-quo a resolverla, mediante sentencia de 25 de febrero de 2000, en la que desestima la pretensión del demandante y lo condena en costas.

Contra la resolución aludida, formuló oportunamente la parte demandante, recurso de alzada y anunciaron las partes pruebas, contrapruebas y objeciones; inclusive, el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, a quien correspondió la sustanciación del recurso vertical propuesto, practicó prueba de oficio. Encontrándose para fallar, procedió el Tribunal ad-quem a proferir la decisión respectiva, el 28 de diciembre de 2000, en la que, previa revocatoria de la sentencia de primera instancia, condena a la demandada en abstracto, al pago de la obligación reclamada por el demandante.

La sentencia anterior es la que se recurre en casación. Procede la Sala, en consecuencia, al examen y decisión del recurso propuesto.

RECURSO DE CASACION Y DECISION DE LA SALA

El recurso de casación que se examina, como se dejó señalado, se propuso en el fondo y se invoca una sola causal, "infracción de normas sustantivas de derecho, por concepto de error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida".

Los motivos que se presentan en sustento de la causal son tres, en los que se indican como mal valoradas una serie de pruebas de carácter documental, consistentes en el contrato de cesión de pago (f. 242-243) y las facturas visibles de foja 9 a 35, las cuales, de haber valorado en conjunto el ad-quem se hubiera percatado que hacían referencia a obligaciones distintas. Al respecto expresa el recurrente en los motivos:

"PRIMERO: El Tribunal Ad Quem erró al valorar la prueba documental consistente en un contrato de Cesión en Pago de fecha 26 de agosto de 1996 (fs.142-143), al no apreciar dicho documento en relación con el resto de las pruebas obrantes en el proceso, en su conjunto, conforme a las reglas de la sana crítica, puesto que el Tribunal Ad Quem erróneamente no valoró el Contrato de Cesión de Pago (142-143) con relación a las facturas aportadas por la parte actora como prueba de la obligación y que se describen como facturas números: 47002 de 18 de diciembre de 1996 (fs.9), 47753 de 16 de enero de 1997 (fs.10); 48172 de 27 de enero de 1997 (fs.11); 01909 de 7 de abril de 1997 (f.12); 01910 de 7 de abril de 1997(f.13); 01911 de 7 de abril de 1997 (f.14); 02067 de 11 de abril de 1997 (f.15); 02098 de 12 de abril de 1997 (f.16); 02147 de 15 de abril de 1997 (f.17)...

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