Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Mayo de 1995

PonenteRAFAEL A. GONZÁLEZ
Fecha de Resolución16 de Mayo de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Mediante resolución fechada 27 de enero de 1994, esta Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia admitió el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el apoderado judicial del señor R.G.Z., contra la sentencia proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 18 de octubre de 1993, dentro del proceso ordinario que le sigue a I.R.P. FRANCO e INVERSIONES JORHILL, S. A.

Por cumplidas las ritualidades procesales correspondientes, procede esta Superioridad a resolver el presente recurso de casación.

ANTECEDENTES

La demanda que dio origen al presente proceso fue presentada el 18 de octubre de 1985, y quedó radicada en el Juzgado Tercero de Circuito de lo Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá. La pretensión del demandante, R.G.Z., es la siguiente:

"DECLARACIÓN O HECHO QUE SE DEMANDA: S. alS.J. que mediante sentencia firme y ejecutoriada, bajo los trámites de la acción pauliana o acción reivindicatoria de dominio se retrotraiga la venta de la finca Nº 31767, inscrita al folio: 274 del tomo: 773, de la sección de la propiedad, P.. de Panamá, realizada por I.R.P.F., en fraude de los legítimos derechos de su acreedor R.G.Z., traspaso fraudulento que se realizó a favor de INVERSIONES JORHILL, S.A., o que en su defecto se condene a los demandados al pago de la suma de B/.27,690.00 (VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA BALBOAS) en concepto de capital, más los intereses, costas y gastos que ocasionen la presente acción." (Fojas 6 y 7).

La primera instancia del proceso finalizó con la sentencia Nº 36 de 15 de abril de 1991, en la cual el Juzgado Tercero de Circuito de lo Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá, "... NIEGA las pretensiones formuladas por la parte demandante R.G.Z. en el proceso ordinario (ACCIÓN PAULIANA o REIVINDICATORIA DE DOMINIO) instaurado en contra de los demandados I.R.P. FRANCO e INVERSIONES JORHILL, S. A." (Foja 117).

No conforme con esa decisión, el apoderado judicial del demandante apeló y, una vez surtidos los trámites correspondientes a la segunda instancia del proceso, fue confirmada por el Primer Tribunal Superior de Justicia, mediante sentencia de 18 de octubre de 1993.

Contra esta última resolución, el demandante ha interpuesto el presente recurso de casación.

CONTENIDO DEL RECURSO

El recurso de casación es en el fondo y se invocan dos causales.

La primera consiste en "INFRACCIÓN DE NORMAS SUSTANTIVAS DE DERECHO POR ERROR DE DERECHO EN CUANTO A LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA, lo cual ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida."

Los motivos que le sirven de fundamento, son los siguientes:

"PRIMERO: La sentencia impugnada no valora adecuadamente las pruebas que constan en autos de fojas 97-104 (sentencias del Juzgado Sexto de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá y Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá), las cuales revelan el perjuicio sufrido por nuestro poderdante y a la vez la conducta del demandado I.R.P. FRANCO con aquél.

No valoró el Tribunal de acuerdo a la sana crítica la prueba mencionada.

SEGUNDA

El Primer Tribunal Superior tampoco valoró de acuerdo a la sana crítica el documento...

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