Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Julio de 2000

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense Sucre, A., C. &R., apoderada judicial de la señora N.S., interpuso recurso de casación contra la sentencia proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 31 de enero de 2000, dentro del proceso ordinario instaurado por la recurrente contra ADMINISTRACION MODERNA, S. A.

Encontrándose el recurso pendiente de decidir sobre su admisibilidad, la sociedad ADMINISTRACION MODERNA, S.A., por intermedio de su representante legal presentó escrito con el objeto de "... revocar a todos los apoderados judiciales (ya sea por poderes otorgados y por poderes sustituidos) de la sociedad que represento y, asimismo, a fin de otorgar nuevamente Poder Especial a LÓPEZ, MORALES & CHIARI (MAAT ASESORES)", "... para que comparezcan en nombre y representación de la sociedad ADMINISTRACION MODERNA, S.A. en el proceso civil enunciado en el margen del presente poder, en calidad de apoderados judiciales". (F. 213)

Luego de haberse puesto en conocimiento de las partes los términos del poder conferido a la firma de abogados L., M. &C. (MAATA., el apoderado judicial sustituido, Licenciado Gasparino Fuentes Troestch, interpuso incidente de nulidad de lo actuado a partir del mencionado poder, el cual es consultable a fojas 216-217.

No obstante, la Sala advierte que la presentación de dicho incidente en esta etapa del proceso es manifiestamente improcedente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 1176 del Código Judicial, el cual prescribe que durante la sustanciación del recurso de casación, "no se admitirá más incidente que el de recusación".

En estas circunstancias, el incidente de nulidad propuesto por el Licenciado Gasparino Fuentes Troestch debe ser rechazado de plano.

Por otra parte, se observa que la firma forense SUCRE, ARIAS, CASTRO & REYES, representada personalmente por el Licenciado E.B.A. y la firma de abogados LOPEZ, MORALES & CHIARI (MAAT ASESORES), representada personalmente por el Licenciado H.C., actuando en nombre y representación de la demandante y de la demandada respectivamente, han presentado escrito de transacción que contiene las siguientes declaraciones y cláusulas:

"Declaran LAS PARTES su legítimo deseo de dar por concluido el presente proceso, por lo que han procedido a suscribir la presente transacción conforme los siguientes términos:

PRIMERO

Declara LA DEMANDADA que reconoce deberle a LA DEMANDANTE la suma única, total y definitiva de B/.135,000.00 (CIENTO...

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