Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Mayo de 1994

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución19 de Mayo de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante resolución de 14 de abril de 1994 ordenó la corrección del recurso de casación propuesto por MARIANITA LINDAO CASTRELLÓN, parte demandante dentro del proceso de divorcio que le sigue a M.A.C.B., contra la sentencia de 23 de septiembre de 1993 dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia.

Vencido el término para la corrección del recurso, la misma se efectuó en tiempo oportuno, según consta en escrito visible de fojas 60 a 62. Por tanto, la Sala procede al examen pertinente a fin de resolver de forma definitiva su admisibilidad.

La Corte señaló al recurrente defectos contenidos en los tres apartados del escrito de casación. Según se puede observar, fueron enmendados en parte, pero aún persisten ciertas deficiencias. Veamos:

Si bien se precisó una de las causales probatorias ("ERROR DE HECHO SOBRE LA EXISTENCIA DE LA PRUEBA, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo"), no ha sido consignada en los términos exactos que establece el artículo 1154 del Código Judicial, pues se omitió anteponer la frase: "infracción de normas sustantivas de derecho".

Los motivos, también fueron modificados, sin embargo no se limitan a expresar el obligante cargo de injuridicidad contra el fallo de instancia, además, no son congruentes con la causal probatoria invocada, sino con la de error de derecho en la apreciación de la prueba.

En el apartado correspondiente a las normas de derecho se citan dos normas probatoria, de las cuales una es de aquellas que establecen la existencia de la prueba, que es la...

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