Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Abril de 1996

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución22 de Abril de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Mediante resolución de diecinueve (19) de marzo de mil novecientos noventa y seis (1996), esta S. ordenó la corrección del recurso extraordinario de casación, en el fondo, interpuesto por BETEL, S.A., dentro del proceso sumario que le sigue a RODELAG, S.A.P. tal fin se concedió el término de cinco (5) días, conforme lo pauta el artículo 1166 del Código Judicial.

Consta a foja 612 del expediente, el informe de la Secretaria, en el que se indica que el término ha vencido, sin que la parte haya efectuado la corrección ordenada.

La preclusión del término para la corrección, trae consigo la declaración de inadmisibilidad del recurso, con la consiguiente imposición de costas para la parte recurrente, tal como lo establece la ley.

Por las razones expuestas, la Corte...

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