Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 22 de Diciembre de 2000

PonenteROGELIO A. FABREGA Z
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado J.A.A.C., en carácter de apoderado judicial de la señora A.M.D.W., ha propuesto ante esta Corporación de Justicia recurso de casación, en el fondo, contra la resolución de 4 de agosto de 2000, proferida por el Tribunal Superior de Familia, dentro del porceso de divorcio propuesto por R.W. contra A.B.M.H..

El presente negocio fue fijado en lista, concediéndose a las partes el término de seis días, para que dentro de los tres primeros, la parte opositora alegue sobre la admisibilidad del recurso y los siguientes días, para la réplica correspondiente. Aprecia la SALA que solamente el opositor aprovechó el tiempo concedido, tal como se lee en el escrito obrante de fojas 170 a 171.

Vencido el término antes indicado, el Magistrado Sustanciador, ordenó correr traslado al Procurador General de la Nación, para que emita concepto en cuanto a la admisibilidad del recurso. Dicho funcionario aportó la Vista Nº23, de 7 de diciembre de 2000, (fs.173-176), virtiendo su opinión en el sentido de que no debe admitirse el presente recurso de casación.

Observa la Sala que el recurso extraordinario de casación, fue interpuesto oportunamente por persona hábil y, además, el fallo impugnado es susceptible de ser recurrido en casación ante esta Sala.

El casacionista invoca como única causal de fondo: "Infracción de normas sustantivas de derecho por error de derecho en la apreciación de la prueba, lo cual incidió sustancialmente en lo dispositivo del fallo", dicha causal está prevista en la Ley.

Al revisar los cuatro motivos en que se funda la causal alegada, todos ellos se refieren a la misma prueba, es decir, la declaración del testigo F.M., obrante a fojas 61-64, especificando el casacionista, lo manifestado por el testigo a foja 62, la cual es considerada por el recurrente como de "falso testimonio", si la misma se confronta con la declaración de R.W...

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