Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 23 de Junio de 1995

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución23 de Junio de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Dentro del proceso ordinario de mayor cuantía promovido por BANCO EXTERIOR DE LOS ANDES Y ESPAÑA, S.A. contra BANCO CAFETERO (PANAMÁ), S.A., la demandada ha presentado recurso de casación, en el fondo, contra la sentencia del 29 de diciembre de 1994, proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia.

Cumplidos los trámites procesales inherentes a esta clase de recurso, es labor de la Sala, conforme lo postula el artículo 1165 del Código de Procedimiento, decidir si el recurso ha sido concedido mediante la concurrencia de los siguientes requisitos:

  1. Si la resolución objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley;

  2. Si el recurso ha sido interpuesto en tiempo;

  3. Si el escrito por medio del cual fue interpuesto reúne todos los requisitos ordenados por el artículo 1160; y,

  4. Si la causal expresada es de las señaladas por la ley.

Como se trata de una sentencia de segunda instancia proferida por un Tribunal Superior de Justicia dentro de un proceso de conocimiento con una cuantía superior al mínimo que exige la ley (artículo 1148, numeral 2), se cumple con el primer requisito que exige la norma legal bajo estudio.

En el expediente consta que el recurso fue interpuesto en tiempo y por persona hábil.

Un examen del escrito de formalización evidencia que, se cumplen todos los requisitos ordenados por el artículo 1160; y,

Las...

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