Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 23 de Diciembre de 1993

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado D.I.S., apoderado especial del señor J.J.C.M. ha presentado recurso de casación, en el fondo, en contra de la resolución de fecha 30 de julio de 1993, dictado por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial.

Transcurrido el término de la lista para que las partes alegaran sobre la admisibilidad del mismo, sin que hayan hecho uso de ello, al tenor de lo dispuesto por el artículo 1165 del Código Judicial, procede la Sala a decidir si concurren los requisitos indispensables para su admisión.

Se trata de una sentencia dictada por un Tribunal Superior de segunda instancia, en un proceso ejecutivo en el cual se ventilan intereses entre particulares, con una cuantía que excede los CINCO MIL BALBOAS (B/.5,000.00). La resolución objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley.

El anuncio del recurso se formuló oportunamente y se formalizó dentro del término de los diez (10) días, tal como lo exige el artículo 1159 del Código Judicial.

Se observa que la causal invocada está...

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