Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 25 de Agosto de 1994

PonenteELOY ALFARO
Fecha de Resolución25 de Agosto de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Mediante resolución dictada el 5 de agosto de 1994 la Sala Civil de la Corte ORDENÓ LA CORRECCIÓN del recurso de casación interpuesto por BANCO INTEROCEÁNICO DE PANAMÁ, S. A. (INTERBANCO) (en liquidación) contra la resolución de 7 de enero de 1994 proferida por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL CUARTO DISTRITO JUDICIAL, dentro del proceso ejecutivo hipotecario contra ABRASIVOS DE PANAMÁ, S.A., CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS CENTRALES, S.A., DEVIS INVESTMENT, INC. DE PANAMÁ, S.A., VIALCI, S.A. y OVIDIO DÍAZ E HIJOS, S. A.

El recurrente presentó el nuevo escrito de casación en tiempo oportuno, por lo que se procede a su examen para decidir en forma definitiva la admisibilidad del recurso. Veamos:

Según se observa, podría considerarse que el casacionista sólo corrigió uno de los defectos señalados por la Corte, es decir, el que se refiere a la concreción del cargo en el motivo de la primera causal (fs. 204).

Sin embargo dentro de esa misma causal, no enmendó el error de citar una disposición distinta dentro del concepto de la infracción de la norma que se está explicando, lo que también fue indicado por esta Corporación.

Igualmente, la omisión de expresar alguna norma interpretativa en el tercer apartado de la segunda causal, aún persiste.

Aunado a lo anterior, el nuevo escrito de casación ha sido estructurado de forma ininteligible (ver fs. 205), específicamente al desarrollar la segunda causal.

Se debe tener presente que cuando se ordena la...

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