Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 26 de Mayo de 1994

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución26 de Mayo de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma de abogados HARRIS Y ASOCIADOS, apoderados judiciales de la COMPAÑÍA METROPOLITANA DE SEGUROS DE VIDA, S.A., parte demandada en el proceso ordinario que le sigue la señora P.M.D.S., interpuso recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de 17 de marzo de 1993, dictada por el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL.

Al ingresar el negocio a la Sala de la Corte, y por cumplidos los trámites para la admisibilidad, se ordenó antes la corrección del recurso por defectos formales, razón por la cual se concedió al recurrente el término de ley para que cumpliera con la corrección ordenada por la Sala; y, como en efecto lo hizo mediante escrito que consta a fojas 281 a 284 del expediente.

De esa manera, por declarado admisible el recurso de casación corregido se concedió a las partes el término correspondiente para que alegaran en cuanto al fondo, término que ambas partes aprovecharon según consta a fojas 299 a 312.

El caso se encuentra, por tanto, en estado de decidir en cuanto al fondo, pero, la Sala de la Corte estima conveniente exponer antes, a manera de ilustración, una síntesis de los antecedentes para luego adentrarse en el examen de la causal invocada y de los motivos que la fundamentan según el recurso. Veamos:

Los autos de la presente litis dan cuenta que, según los hechos de la demanda, la señora P.M.D.S. instaura demanda en contra de la COMPAÑÍA METROPOLITANA DE SEGUROS DE VIDA, S.A., a fin de que mediante los trámites de un proceso ordinario declarativo de mayor cuantía sea condenada a pagarle la suma de VEINTICINCO MIL (B/.25.000.00) BALBOAS en concepto de capital, más intereses legales, costas y gastos del proceso, como beneficiaria en el contrato de seguro de accidentes personales amparado con la Póliza Nº AC 0774 suscrita entre la aseguradora demandada y el señor V.S..

La demanda queda radicada en el Juzgado Primero del Primer Circuito Judicial de Panamá, y por cumplidos los trámites del proceso ordinario de la primera instancia, el juzgador mediante sentencia del 18 de marzo de 1992 "CONDENA a la sociedad denominada METROPOLITANA DE SEGUROS DE VIDA, S.A. a pagarle a la señora P.M.D.S., la suma de VEINTICINCO MIL BALBOAS (B/.25.000.00), más intereses legales a partir del 15 de febrero de 1991 en que se presentó esta demanda, por dicha señora BENEFICIARIA en la Póliza o Contrato de Seguro Nº AC-0074, a quien se refiere la demanda", con imposición de costas fijadas en la suma de B/.5.000.00, en cuanto a trabajo en derecho, "... más los gastos que haya causado a dicha parte Actora y que se liquidarán por Secretaría". La parte demandada interpone recurso de apelación en contra de este fallo de primera instancia, ingresando de esa manera el negocio al Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial para conocer y decidir la alzada.

El Tribunal ad-quem por sentencia calendada el 17 de...

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