Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Junio de 2000

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución28 de Junio de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense Asesores Jurídicos Asociados, apoderada judicial del señor V.F. LIBERAL, interpuso recurso de casación contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 18 de febrero de 1998, la cual decidió en segunda instancia el incidente de falta de jurisdicción propuesto por BANCO EXTERIOR, S.A., dentro del proceso ordinario que le sigue el recurrente a dicha sociedad y a ALMACENADORA IBERICA, S.A. y ALMACENADORA EXTERIOR, S.A.

El recurso de casación fue admitido por esta corporación judicial y se encuentra pendiente de decidir en el fondo, tarea que emprenderá la Sala una vez haga un breve recuento de sus antecedentes procesales.

El señor V.F. LIBERAL interpuso demanda ordinaria contra BANCO EXTERIOR, S.A., ALMACENADORA EXTERIOR, S.A. y ALMACENADORA IBERICA, S.A., ante el Juzgado Quinto del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, con el objeto de que dichas sociedades fueran condenadas solidariamente al pago de un millón de dólares americanos (US$1,000,000.00), más los intereses, costas y gastos del proceso.

De acuerdo con los hechos de la demanda (fs. 20-28 del expediente principal) el señor FLAMARIQUE alega que tiene derecho a que las demandadas le indemnicen el daño moral y material que sufrió cuando fue detenido por actos ejercidos en el desempeño de sus funciones como gerente de ALMACENADORA EXTERIOR, S.A., puesto que dichas sociedades "incurrieron en omisión en la protección debida a su representante comercial" y también porque lo impulsaron a firmar la "renuncia" a su cargo en dicha empresa, "como consecuencia de la intimidación ejercida sobre él por parte de los directivos de la empresa demandada que se aprovecharon de las circunstancias para imponerle dicha determinación".

Una vez admitida la demanda y corrida en traslado a las demandadas, la representación judicial de BANCO EXTERIOR, S.A. interpuso incidente de falta de jurisdicción que fue declarado no probado por el Juez Quinto, mediante Auto N° 3151 de 15 de septiembre de 1997.

Dicha decisión fue apelada ante el Primer Tribunal Superior de Justicia quien, en la resolución fechada 18 de febrero de 1998 que ahora se impugna en casación, previa revocatoria del Auto N° 3151, "... DECLARA PROBADO el Incidente de Falta de Jurisdicción promovido por la parte demandada dentro del proceso ordinario propuesto por V.F. LIBERAL contra ALMACENADORA IBERICA, S.A. y/o ALMACENADORA EXTERIOR, S.A. y/o BANCO EXTERIOR, S.A. y, como consecuencia de ello, DECLARA LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO en dicho proceso ordinario a partir del Auto N° 559 de fecha 16 de abril de 1995, cuya lectura es legible a fojas 29-30 del expediente principal." (Fs. 50-51).

El recurso de casación es en el fondo y se invoca como única causal la infracción de normas sustantivas de derecho por violación directa, que ha influido sustancialmente en la resolución recurrida.

Los motivos que le sirven de fundamento plantean lo siguiente:

1) El fallo impugnado establece, al declarar probado el incidente de falta de jurisdicción, que el presente caso le corresponde a la jurisdicción...

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