Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 29 de Mayo de 1996

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución29 de Mayo de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense TRONCOSO, LACAYO & PORRAS, en carácter de apoderados judiciales de AGRO GANADERA SANTA FE, S.A., dentro del proceso ordinario que le siguen a MUNICIPIO DE TABOGA, A.S., E.A.C., J.A.I. ha solicitado ante esta Superioridad una Medida Cautelar, a objeto de que suspenda el proceso ejecutivo instaurado por LUIS ERNESTO CHU contra E.A.C., ante el Juzgado Primero del Circuito de Panamá y en el cual se pretende rematar la finca Nº 113.440, inscrita al rollo 8110 de la Sección de la Propiedad, del Registro Público, de propiedad de E.A.C., conforme lo expresa el solicitante.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, advierte que el sustanciador conoce del recurso de casación formulado por el Licenciado FRANCISCO A. LAY, quien actúa en representación del MUNICIPIO DE TABOGA, A.S., E.A. CORREA y J.I., partes demandadas en el proceso anteriormente indicado, encontrándose el negocio en la etapa de resolver.

Si bien es cierto el artículo 1157 del Código Judicial preceptúa que el recurso de casación suspende la ejecución de la resolución impugnada, y que la parte favorecida por sentencia de segunda instancia, puede obtener un secuestro o cualquiera otra medida cautelar reconocida por la ley, tal situación no es aplicable al negocio...

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