Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Junio de 1999

PonenteROGELIO FABREGA Z
Fecha de Resolución30 de Junio de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Contra la resolución expedida el 2 de febrero de 1999 por el Primer Tribunal Superior de Justicia, dentro del proceso ordinario instaurado por ASEGURADORA ANCON, S.A., contra ALLIED PRODUCTS INTERNATIONAL INC., EXPORT & IMPORT y HOMAB, S.A., presentó el apoderado legal de la demandante recurso extraordinario de casación en el fondo.

El recurso quedó admitido, mediante resolución de 13 de mayo de 1999. Seguidamente se le concedió el término legal a las partes para que alegaran en el fondo, siendo el mismo aprovechado, únicamente, por la parte opositora al recurso. Vencida la fase procesal anterior, procede la Sala a resolver el recurso propuesto.

ANTECEDENTES

Consta en autos que ASEGURADORA ANCON, S.A., mediante apoderado legal, formalizó solicitud de secuestro contra las sociedades anónimas ALLIED PRODUCTS INTERNATIONAL INC., EXPORT & IMPORT y HOMAB, S.A., el cual hizo efectivo el Juzgado Primero del Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial, mediante Auto Nº 172, de 20 de enero de 1998.

El 4 de febrero de 1998 presentó el apoderado legal de la accionante la demanda ordinaria respectiva contra los secuestrados. La demanda quedó admitida y se ordenó correrla en traslado a los demandados para que le dieran contestación, mediante resolución de 18 de febrero de 1998, expedida por el juzgado de la causa.

Mediante escrito de 5 de agosto de 1998, presenta el licenciado BENEDICTO DE LEON FUENTES, en representación de la sociedad anónima ALLIED PRODUCTS INTERNATIONAL INC., EXPORT & IMPORT, escrito solicitando caducidad de la instancia en el proceso presentado, en virtud de que una de las sociedades demandadas en el proceso no había sido notificada de la demanda, habiendo transcurrido más de tres meses.

El Juzgado Primero de lo Civil del Primer Circuito Judicial dejó resuelta la solicitud de caducidad de la instancia presentada, en el Auto Nº 2235 de 2 de septiembre de 1998. En virtud del mismo negó el juzgado de primera instancia la caducidad de la instancia presentada, por lo que, contra dicha resolución presentó la representación de la parte contrariada, recurso de apelación.

El recurso de apelación propuesto fue conocido y resuelto por el Primer Tribunal Superior, en la resolución de 2 febrero de 1999. En la misma se revoca la resolución impugnada y, en consecuencia, se decreta la caducidad de la instancia dentro del proceso ordinario que viene mencionado. Es esta resolución, la que es objeto del recurso de casación que se resuelve.

RECURSO Y SOLUCION DE LA SALA

El recurrente invoca la causal única de fondo "infracción de normas sustantivas de derecho, en el concepto de violación directa."

En sustento de la causal se presenta un solo motivo, el cual se deja transcrito:

"El Tribunal de...

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