Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Julio de 1993

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución19 de Julio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licdo. C.G. ha presentado recurso de casación laboral contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Trabajo el 25 de marzo de 1993, dentro del proceso de reintegro promovido por L.A.N. contra la empresa NESTLÉ PANAMÁ, S.A., a quien representa el recurrente. En el recurso se pide a la Sala que case la sentencia recurrida y que deje sin efecto el auto de reintegro No. 56 de 30 de septiembre de 1992 dictado por la Juez de Trabajo de la Sexta Sección.

Se trata de un proceso de reintegro por violación del fuero sindical promovido por el señor L.A.N. contra la citada empresa, la cual ha impugnado el mandamiento de reintegro expedido por el juzgador de primera instancia. El Tribunal Superior de Trabajo confirmó el mandamiento de reintegro mediante la sentencia que ahora se impugna en el recurso de casación.

La Sala pasa a examinar las infracciones que se imputan a la sentencia de segunda instancia.

El apoderado judicial de la empresa empleadora considera que la sentencia por él impugnada ha infringido el artículo 213, literal C parte final del Código de Trabajo. Esta infracción se produce, según el recurrente, porque la empresa solicitó autorización para despedir a un grupo de trabajadores del Departamento de Hojalatería, fue autorizada para despedir a doce (12) de ellos, y entre los despedidos estuvo el señor L.A.N. quien era de los de menor antigüedad en el departamento, pero al considerar el Tribunal Superior de Trabajo que debía reintegrarse al señor N., por estar amparado por el fuero sindical, infringió la norma citada que ordena despedir en primer lugar a los trabajadores de menor antigüedad.

Es importante aclarar, en primer término, que el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social es la institución que tiene competencia para resolver peticiones de autorización de despido por causas económicas aun en aquellos casos en que los trabajadores se encuentren amparados por el fuero sindical o por el fuero de maternidad. Esta posición ha sido la mantenida por los tribunales de trabajo por muchos años.

En el caso que nos ocupa es evidente que la empresa empleadora despidió al trabajador demandante en...

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