Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 3 de Enero de 2001

PonenteGABRIEL ELÍAS FERNÁNDEZ M
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2001
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Concluida la correspondiente audiencia oral y firmada el acta respectiva, se encuentra en estado de resolver el recurso de casación propuesto por la doctora A.A. de M., a favor de O.B.G. contra la sentencia de 18 de diciembre de 1998 emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, que le impone las penas de cincuenta y seis (56) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término una vez cumplida la pena principal por la comisión del delito de Violación en perjuicio de la menor I.V..

ANTECEDENTES DEL CASO

El presente negocio se genera por la querella propuesta por la señora S.R.M. de V., en su calidad de madre de la menor de 12 años de edad I.R.V.M., en la cual pone en conocimiento de las autoridades que el día 21 de junio de 1996 se desapareció su hija en horas de la tarde y al encontrarla la misma estaba llorando y manifestó que había sido víctima de violación (fs. 3-6)

Examen médico-legal practicado por el doctor A.E. del Instituto de Medicina Legal a la menor V.M., estableció que la misma sufrió equimosis en región peri-anal derecha, no había sido desflorada y poseía himen anular íntegro (foja 29).

Comprobada la existencia del hecho punible rinde declaración indagatoria O.B., negando los cargos endilgados a su persona (fs. 89-91).

La evaluación sicológica por parte del Instituto de Medicina Legal determinó que la menor Vergara Madrid "... evidencia estrés postraumático por abuso sexual." (foja 110). También se le realizó evaluación psiquiátrica forense en la que se señaló:

"1. La menor se muestra irritable y poco cooperadora.

  1. Requiere control por salud mental." (foja 325)

Celebrada la audiencia preliminar, la defensora de oficio solicitó se sometiera a su patrocinado al proceso abreviado y acogida la solicitud se le declaró responsable del delito de violación y se le impuso la pena de veinticuatro (24) meses de prisión.

La vindicta pública se mostró inconforme con dicha sentencia e impugnó la misma por considerar que la individualización judicial de la pena no era acorde con la gravedad del daño causado a la víctima (fs. 359-360).

Al sustentar el recurso de oposición la Defensora de Oficio solicitó al Tribunal Superior que confirmará la sentencia apelada.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, resolvió el recurso reformando la sentencia de primera instancia aumentando la pena impuesta al sindicado.

A consecuencia de lo antes indicado se presentó...

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