Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 5 de Julio de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución 5 de Julio de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia conoce el recurso de casación en el fondo, propuesto por la Dra. ASUNCIÓN DE M., en su condición de defensora de oficio de O.B.G., contra la sentencia de 18 de diciembre de 1998, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial condena al imputado a la pena de cincuenta y seis (56) meses de prisión, como responsable del delito de violación carnal agravado, en perjuicio de I.R.V.M..

Prima facie se observa que el libelo presentado ha sido interpuesto dentro de los términos legales señalados por el Tribunal de Segunda instancia y la resolución que se impugna fue expedida en proceso por delito cuya pena señalada en la ley es mayor de dos (2) años de prisión.

Con relación a la historia concisa del caso, se aprecia que la censora incluye en este epígrafe, la transcripción de parte del dictamen pericial de fojas 29, así como un fragmento del examen relativo a la evaluación psiquiátrica realizada a la ofendida que corre a fojas 125, todo lo cual es contrario a la técnica de este medio de impugnación extraordinario. En la historia sucinta del caso, debe realizarse una síntesis apretada del curso del proceso en la que, en todo caso, basta citar las fojas en que aparecen los medios probatorios a que se refiere el recurrente sin incurrir en la transcripción de los mismos.

La única causal invocada, establecida en el numeral tercero del artículo 2434 del Código Judicial, se enuncia de acuerdo a la denominación legal correspondiente, es decir, cuando se haya incurrido en error de derecho al calificar el delito si la...

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