Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Enero de 1999

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución 6 de Enero de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La licenciada A.A. de

Montalvo, defensora de oficio de J.D.C.P., formalizó recurso de

casación en el fondo contra la sentencia de 23 de enero de 1998, mediante la

cual el Segundo Tribunal Superior de Justicia revoca la sentencia del Juzgado

Tercero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y en su

lugar condena a P. a la pena de 60 meses de prisión, como responsable del

delito de posesión agravada de drogas.

En cumplimiento del rito de este

recurso extraordinario, se corrió en traslado al Procurador General de la

Nación y con posterioridad se celebró la audiencia oral prevista por el

artículo 2446 del Código Judicial. Le corresponde ahora a la Sala resolver el

fondo del negocio, a lo que procede.

HISTORIA

CONCISA DEL CASO

El proceso se inició a raíz de

diligencia de allanamiento llevada a cabo por la Corregiduría de Curundú en una

residencia ubicada en el sector Colombia, Viejo Veranillo, propiedad de José

Del Carmen Pino, durante la cual fueron decomisados varios envoltorios

contentivos de cocaína y marihuana. Al rendir declaración indagatoria, el

imputado P. manifestó que la droga incautada se la dio a cuidar un sujeto

colombiano apodado "RAFA".

La instrucción de las sumarias fue

adelantada por la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas y

correspondió al Juzgado Tercero de Circuito de lo Penal calificarlas, lo que

hizo abriendo causa criminal contra el sumariado por infracción de las normas

legales contenidas en el Capítulo V, Título VII del Libro II del Código Penal,

es decir, por delito genérico contra la salud pública, relacionado con drogas.

La causa se sustanció mediante el

trámite del proceso abreviado, durante el cual el encausado se declaró

culpable. Ello no obstante, el juzgador de primera instancia lo absolvió, por

considerar que la diligencia de allanamiento fue practicada en forma ilegal y

consecuentemente la prueba incorporada al proceso no era legítima. Esta

decisión jurisdiccional fue apelada por el representante del Ministerio

Público, lo que motivó el ingreso del negocio al Tribunal Superior de Justicia,

quien decidió revocar la resolución impugnada y en su lugar condenar a P. a la

pena de 60 meses de prisión, como responsable del delito de posesión agravada

de drogas.

CAUSAL

INVOCADA

Se trata de un recurso de casación

en el fondo que se fundamenta en una sola causal, a saber: "Error de

derecho en la apreciación de la prueba" (f. 113).

MOTIVOS

La defensora técnica apoya la causal

invocada en un solo motivo, en el que argumenta que "aún cuando la orden

de allanamiento ... no tiene fecha de expedición ni precisa que el lugar a

allanar es el inmueble No. 262, propiedad de JOSE DEL CARMEN PINO ... el a-quem

erróneamente concluye que la omisión de estos elementos, quedó convalidada con

los indicios que deducen del informe de novedad de fojas 1-4, la declaración

del corregidor ... y la declaración del agente de policía CLAUDINO AVILA

GONZALEZ ... que sirven para establecer que la diligencia fue ordenada el 29 de

marzo de 1996, a la residencia del imputado, situación que es errada porque

tales medios probatorios, se refieren a la realización del allanamiento y no al

acto mediante el cual, el funcionario competente ... decreta la diligencia sin

cumplir con las formalidades legales" (fs. 113-114).

DISPOSICIONES

LEGALES INFRINGIDAS

La casacionista aduce que el

artículo 970 del Código Judicial ha sido infringido en concepto de violación

directa por omisión, ya que "el Segundo Tribunal confiere valor probatorio

al informe de novedad de fojas 1-4, la declaración del corregidor ... y la

declaración del agente de policía CLAUDINO AVILA GONZALEZ ... para acreditar

que la diligencia de allanamiento ... fue decretada el 29 de marzo de 1996, a

la residencia de JOSE DEL...

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