Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Enero de 1999
Ponente | FABIÁN A. ECHEVERS |
Fecha de Resolución | 6 de Enero de 1999 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
La licenciada A.A. de
Montalvo, defensora de oficio de J.D.C.P., formalizó recurso de
casación en el fondo contra la sentencia de 23 de enero de 1998, mediante la
cual el Segundo Tribunal Superior de Justicia revoca la sentencia del Juzgado
Tercero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y en su
lugar condena a P. a la pena de 60 meses de prisión, como responsable del
delito de posesión agravada de drogas.
En cumplimiento del rito de este
recurso extraordinario, se corrió en traslado al Procurador General de la
Nación y con posterioridad se celebró la audiencia oral prevista por el
artículo 2446 del Código Judicial. Le corresponde ahora a la Sala resolver el
fondo del negocio, a lo que procede.
HISTORIA
CONCISA DEL CASO
El proceso se inició a raíz de
diligencia de allanamiento llevada a cabo por la Corregiduría de Curundú en una
residencia ubicada en el sector Colombia, Viejo Veranillo, propiedad de José
Del Carmen Pino, durante la cual fueron decomisados varios envoltorios
contentivos de cocaína y marihuana. Al rendir declaración indagatoria, el
imputado P. manifestó que la droga incautada se la dio a cuidar un sujeto
colombiano apodado "RAFA".
La instrucción de las sumarias fue
adelantada por la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas y
correspondió al Juzgado Tercero de Circuito de lo Penal calificarlas, lo que
hizo abriendo causa criminal contra el sumariado por infracción de las normas
legales contenidas en el Capítulo V, Título VII del Libro II del Código Penal,
es decir, por delito genérico contra la salud pública, relacionado con drogas.
La causa se sustanció mediante el
trámite del proceso abreviado, durante el cual el encausado se declaró
culpable. Ello no obstante, el juzgador de primera instancia lo absolvió, por
considerar que la diligencia de allanamiento fue practicada en forma ilegal y
consecuentemente la prueba incorporada al proceso no era legítima. Esta
decisión jurisdiccional fue apelada por el representante del Ministerio
Público, lo que motivó el ingreso del negocio al Tribunal Superior de Justicia,
quien decidió revocar la resolución impugnada y en su lugar condenar a P. a la
pena de 60 meses de prisión, como responsable del delito de posesión agravada
de drogas.
CAUSAL
INVOCADA
Se trata de un recurso de casación
en el fondo que se fundamenta en una sola causal, a saber: "Error de
derecho en la apreciación de la prueba" (f. 113).
MOTIVOS
La defensora técnica apoya la causal
invocada en un solo motivo, en el que argumenta que "aún cuando la orden
de allanamiento ... no tiene fecha de expedición ni precisa que el lugar a
allanar es el inmueble No. 262, propiedad de JOSE DEL CARMEN PINO ... el a-quem
erróneamente concluye que la omisión de estos elementos, quedó convalidada con
los indicios que deducen del informe de novedad de fojas 1-4, la declaración
del corregidor ... y la declaración del agente de policía CLAUDINO AVILA
GONZALEZ ... que sirven para establecer que la diligencia fue ordenada el 29 de
marzo de 1996, a la residencia del imputado, situación que es errada porque
tales medios probatorios, se refieren a la realización del allanamiento y no al
acto mediante el cual, el funcionario competente ... decreta la diligencia sin
cumplir con las formalidades legales" (fs. 113-114).
DISPOSICIONES
LEGALES INFRINGIDAS
La casacionista aduce que el
artículo 970 del Código Judicial ha sido infringido en concepto de violación
directa por omisión, ya que "el Segundo Tribunal confiere valor probatorio
al informe de novedad de fojas 1-4, la declaración del corregidor ... y la
declaración del agente de policía CLAUDINO AVILA GONZALEZ ... para acreditar
que la diligencia de allanamiento ... fue decretada el 29 de marzo de 1996, a
la residencia de JOSE DEL...
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