Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 9 de Marzo de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para dictar sentencia se encuentra el recurso de casación promovido por el licenciado R.R.A., en su condición de apoderado judicial de V.A.M.U., procesado por los delitos de falsedad de documentos y estafa en perjuicio del Banco del Istmo S. A. Dicho recurso fue presentado contra la sentencia de segunda instancia, proferida el día 15 de diciembre de 1995, por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual confirma la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Décimo de Circuito de lo Penal, que condenó al sindicado a cumplir la pena de cinco (5) años de prisión, a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y a la de la profesión de contador por el mismo período, una vez cumpla la pena principal y a la de 30 días multa, a razón de B/10.ºº por cada día y se le sanciona a pagar la suma de B/127,693.66 a favor del Banco del Istmo, S.A., como reparación civil por el daño material causado.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

Se inicia el presente proceso con la denuncia presentada por el señor J.R.A. contra el señor V.A.M.U., por los delitos en los que pudiera incurrir en la sustracción de fondos cometido en perjuicio del Banco del Istmo, S. A. Posteriormente consta querella presentada por la licda. I.I.S.N., apoderada judicial de esa institución bancaria, donde señala que el señor V.A.M.U. ejercía la posición de Oficial de Crédito y que debitó cuentas de cliente por B/400,000.ºº aproximadamente como gastos de corresponsalía para abrir líneas de créditos en bancos extranjeros. Agrega que además, cambió cheques de gerencia alterando e intercambiando las entradas contables y que también realizó préstamos ficticios a personas y sociedades inexistentes, los cuales desembolsó a través de cheques de gerencia que cobraba.

El sindicado, en su declaración indagatoria acepta ser el único responsable de los delitos que se le endilgan y devolvió parte del dinero que se había apropiado.

El Juzgado Décimo de Circuito, mediante la resolución correspondiente, llamó a responder en causa criminal a V.A.M.U., quien en la audiencia se declaró culpable de los delitos de falsificación de documentos y estafa, condenándosele a la pena de cinco (5) años de prisión e inhabilitación para ejercer funciones pública y la profesión de contador por igual término, una vez cumplida la penal principal.

En virtud de la sentencia condenatoria emitida en su contra, el defensor de M.U. interpuso recurso de apelación contra el fallo de...

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