Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Mayo de 1995

PonenteCARLOS E. MUÑOZ POPE
Fecha de Resolución12 de Mayo de 1995
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresa a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el expediente que contiene el recurso de casación promovido por la abogada defensora del señor R.S.B., quien ha sido condenado a la pena de cuatro meses de prisión como responsable del delito de lesiones personales cometido en perjuicio de S.J.S., a fin de resolver la admisibilidad del mismo.

Se trata de un recurso de casación promovido en contra de la resolución de 25 de enero de 1995, por medio de la cual el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial confirmó la resolución Nº 131 de 29 de noviembre de 1994, por medio de la cual la Juez Segunda del Circuito de Coclé, Ramo Penal impuso al prenombrado S.B. la pena de cuatro meses de prisión y negó la sustitución de la pena.

En contra de la decisión del Tribunal Superior oportunamente anunció recurso de casación la defensora de oficio del Circuito de Coclé y lo formalizó en escrito visible a fs. 110 y siguientes.

Para decidir la admisibilidad del recurso, la Sala debe examinar si se reúnen o no los requisitos que para tal fin establecen los artículos 2434 y 2443 del Código Judicial, lo que se hace a continuación.

La Sala observa que estamos en presencia de un auto dictado en segunda instancia por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial por medio del cual se confirma el dictado por un inferior que negó la sustitución o reemplazo de la pena privativa de libertad impuesta al señor R.S.B., lo que hace inadmisible este recurso.

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