Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 13 de Julio de 1993

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución13 de Julio de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Juzgado Primero del Circuito de Veraguas, Ramo Penal, mediante sentencia de 27 de marzo de 1992 condenó a CALISTRO SANTOS SANTANDER y a RUFINO BORDONES a cumplir la pena de 5 años de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por 3 años, por haber sido encontrados responsables del delito de violación carnal cometido en perjuicio de J.S., hecho ocurrido el 29 de julio de 1991.

Esta sentencia fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial el 18 de enero de 1993. Contra esta resolución, el licenciado F.E.T., abogado defensor de los procesados, interpuso recurso de casación en el fondo.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dispuso, por resolución de 31 de mayo de 1993, que el recurrente corrigiera los errores formales de que adolecía el recurso impetrado, tal como lo autoriza el artículo 2444 del Código Judicial. Para tales propósitos otorgó un término de 5 días.

Consta en el proceso que el citado término ha vencido y que el recurrente ha corregido oportunamente su escrito, motivo por el cual es necesario analizar lo relativo a su admisibilidad.

Observa la Corte que en el recurso corregido cada causal está seguida de sus correspondientes motivos y de las disposiciones legales que se estiman infringidas. Sin embargo, en esta última sección (en la destinada a indicar las normas infringidas y el concepto en que lo han sido), el casacionista obvia señalar las normas de carácter sustantivos que han resultado violadas como consecuencia del error de hecho y de...

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