Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 15 de Marzo de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución15 de Marzo de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Cumplidas las fases de substanciación y celebración de audiencia oral, corresponde a la Sala decidir el recurso de casación en el fondo interpuesto por la licenciada ARGENTINA BARRERA, en su condición de Fiscal Octava de Circuito del Primer Circuito Judicial, contra la sentencia de 14 de agosto de 1997, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial absuelve a N.A.D.C. de los cargos formulados en su contra, por la presunta comisión del delito de violación carnal en perjuicio de M. delC.V.S..

ANTECEDENTES

La ciudadana M.D.C.V.S. concurrió el día 11 de junio de 1995, ante la Policía Técnica Judicial y presentó formal querella en contra de N.A.D.C., por la presunta comisión del delito de violación carnal.

Según la querellante, en horas de la noche del 9 de junio de 1995, una amiga de nombre V.R. le presentó en la discoteca Dreams a N.A.D.C., con quién estuvo bailando. Señala que aproximadamente a las 11:30 de la noche, cuando se disponía a retirarse, el sujeto mencionado le ofreció llevarla a su casa, pero que en el trayecto él la invitó a su apartamento y que estando en el lugar, ella accedió a mantener relaciones sexuales. Sin embargo, explica que utilizando su fuerza física, el señor D.C. la inmovilizó y, contra su voluntad, la penetró por el ano.

La joven V.S. se apersonó al hospital Santo Tomás y recibió atención médica, según consta en el registro médico de urgencias incorporado a fojas 9. Asimismo, se cuenta en el proceso con el examen médico legal practicado a la ofendida, que reposa a fojas 8.

En el curso de las investigaciones, se recibió declaración indagatoria a N.D.C., quien en su primera versión negó haber sostenido algún tipo de relación sexual con la querellante, no obstante, en ampliación de su declaración, admitió que sostuvo relaciones sexuales consentidas con M.D.C.V.S. en la noche indicada.

Concluida la fase de instrucción sumarial, se formularon cargos al imputado, por infracción de disposiciones legales contenidas en el Capítulo I, Título VI del Libro II del Código Penal y mediante resolución de 4 de diciembre de 1996, el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial lo condenó a la pena de tres años de prisión, como autor del delito de violación carnal. Contra esta decisión, tanto el procesado como su defensor interpusieron recurso de apelación y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, al resolver la alzada, mediante sentencia de 14 de agosto de 1997 revocó el fallo de primera instancia y absolvió al DELGADO CORONADO de los cargos formulados en su contra. Esta decisión ha sido recurrida por la Fiscalía Octava del Primer Circuito Judicial, por la vía extraordinaria del recurso de casación penal.

LA CAUSAL INVOCADA

La única causal invocada por la casacionista es la de error de derecho en la apreciación de la prueba, que implica infracción de la ley sustancial penal, la cual viene apoyada en cuatro motivos, en los que la censora cuestiona la valoración probatoria que hizo el ad-quem, a propósito de la querella de la ofendida (fs. 1-4), del testimonio de V.R.V. (fs. 5-6), del informe policial de fojas 14 y los documentos visibles a fojas 8 y 9 del infolio.

Con relación a las disposiciones legales...

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