Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Marzo de 2000

PonenteCÉSAR PEREIRA BURGOS
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2000
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La defensora de oficio de J.A.J. ha formalizado recurso de casación en el fondo contra la sentencia de 18 de junio de 1999, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, la cual, previa reforma al fallo de primera instancia, impone al sumariado la pena de 60 meses de prisión, por ser responsable del delito de hurto agravado.

La recurrente invoca como causal de casación en el fondo la que prevé el numeral 10 del artículo 2434 del Código Judicial, que se refiere al caso en que la sentencia impugnada incurra "en indebida aplicación de la ley sustancial al admitir o calificar los hechos constitutivos de circunstancias agravantes o atenuantes de responsabilidad criminal" (f. 117). Se incurre en esta causal cuando el juzgador yerra en la aplicación de elementos modificadores de la penalidad. La casacionista apoya la causal comentada con dos motivos. En el primer motivo censura que el Tribunal Superior "dosifica nuevamente la pena impuesta para el delito..", mientras que en el segundo motivo plantea que no está comprobada la reincidencia de su patrocinado, ya que el historial policivo se refiere a una suspensión condicional por dos años, sin precisar si se trata de una suspensión condicional de la pena o una suspensión condicional del proceso (f. 118). Como se observa, el primer motivo no es congruente con la causal invocada, toda vez que discute la dosificación de la pena impuesta por ad-quem. En todo caso, ese argumento se relaciona con otra causal de casación en el fondo no que no se advierte en el libelo, cual es el que postula el numeral 10 del artículo 2434 del Código Judicial.

El defecto anotado hubiese sido suficiente para ordenar la corrección del libelo de casación; pero al proseguir con su examen, se advierten otros de mayor significación, esta vez en el requisito concerniente a las disposiciones legales infringidas. Señala la recurrente que la sentencia impugnada infringió el artículo 59 del Código Penal de manera directa por...

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