Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 20 de Julio de 1993

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución20 de Julio de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Atendiendo las observaciones que le fueran formuladas sobre defectos formales en que incurriera, el licenciado J.A.C.M. ha presentado un nuevo libelo que corrige el recurso de casación interpuesto contra sentencia de 17 de noviembre de 1992, emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que confirma la proferida por el Juzgado Octavo de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante la cual se condenó a G.W.G. a la pena de 50 meses de prisión y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término, como responsable del delito de H. agravado cometido en perjuicio de A.B.C.M..

Aún cuando en el nuevo libelo el recurrente omite enumerar los motivos, de su lectura se colige que es uno sólo, por lo que se tiene por bien presentado. Corresponde entonces decidir sobre la admisibilidad de esta iniciativa procesal, a lo que se procede.

El recurso ha sido interpuesto contra sentencia definitiva de segunda instancia, dictada por Tribunal Superior de Distrito Judicial, dentro de un proceso por delito de hurto agravado que tipifica el artículo 184, numeral 1, del Código Penal, cuya pena de prisión es superior a dos años. Estas comprobaciones dan lugar a tener el recurso como interpuesto de conformidad con lo establecido por el artículo 2434 del Código Judicial.

En cuanto al examen correspondiente a los...

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