Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 23 de Noviembre de 1993

PonenteCARLOS E. MUÑOZ POPE
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para resolver la admisión del recurso de casación promovido por la defensa de G.V.C., quien se encuentra sindicada del delito de homicidio y lesiones culposas en perjuicio de N.M.M., O.E.C.D.M., A.E.H. CRUZ (q.e.p.d.) y ALVARO VISUETTI y A.M.C., respectivamente, le corresponde a la Sala examinar si se encuentran reunidos los requisitos establecidos en el artículo 2443 del Código Judicial, ya que se han cumplido las etapas previas que para tal efecto se consagran en el ordenamiento procesal penal.

Un detenido examen del escrito de formalización pone en evidencia que estamos en presencia de un recurso de casación promovido en contra de una sentencia de segunda instancia proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial en una causa por homicidio y lesiones culposos, cuya pena oscila entre dos y cuatro años.

De la misma forma, se observa que el recurso ha sido interpuesto por quien tiene legitimación para recurrir, anunciado oportunamente y formalizado dentro del tiempo especialmente concedido para ello.

En cuanto al escrito de formalización, se observa que el recurrente no menciona que estemos en presencia de un recurso de casación en el fondo, como debió indicar al inicio de su escrito, pero ello no justifica la corrección del escrito toda vez que del mismo se deduce tal extremo sin lugar a dudas.

Los requisitos que establece la parte final del artículo 2443 ya citado están contenidos en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR