Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 25 de Junio de 1999

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución25 de Junio de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La defensa técnica de A.A.J. presentó recurso de casación en el fondo contra sentencia de 28 de diciembre de 1998, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se confirma la decisión de primera instancia emitida por el Juzgado Tercero de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, que condena a R.J.A.T. y A.J. a la pena de 60 meses de prisión, como responsables del delito de secuestro en grado de tentativa cometido en perjuicio de H.B..

Vencido el término de lista que dispone el artículo 2443 del Código Judicial, corresponde examinar el libelo de formalización del recurso con el objeto de comprobar si satisface los requisitos para su admisibilidad.

Con tal propósito, se aprecia que la iniciativa procesal se fundamenta en una causal de fondo, que se refiere al "Error de derecho en la apreciación de la prueba" (f.2,022), la cual se apoya en dos motivos. El primer motivo hace referencia a que se valoró erróneamente la diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, porque "el testigo reconocedor no fue debidamente juramentado" (f.2,022). A juicio de la Corte, este motivo no contiene un cargo de infracción trascendental que permita variar, por sí solo, lo dispositivo de la resolución judicial censurada. En el segundo motivo, la defensa sostiene que ocurrió una valoración errónea del testimonio de R.S.R., porque el hecho delictivo se registró "el día 6 de mayo de 1996 y la diligencia de reconocimiento ... se realizó el día 2 de abril de 1998" (fs.2022-2023) lo que...

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