Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Julio de 2001
Ponente | ROBERTO E. GONZALEZ R |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2001 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Corresponde
en este momento procesal resolver el fondo del recurso de casación presentado
por el licenciado J.A.Q.R., contra la sentencia de 4 de
agosto de 2000 mediante la cual el Segundo Tribunal Superior del Primer
Distrito Judicial CONDENÓ a L.E.S.M. a la PENA DE SESENTA
(60) MESES DE PRISIÓN, como autor del delito de robo en perjuicio de Ingrid
Morán Polanco (fs. 144-152).
FUNDAMENTO DEL CASACIONISTA
El
licenciado Q.R. solicita se case el fallo impugnado y en su lugar se
absuelva a su representado, L.E.S.M. de los cargos
formulados en su contra.
De manera
resumida pasamos a exponer el contenido del libelo presentado por el postulante
(fs.173-178).
HISTORIA CONCISA DEL CASO
En horas
de la noche del 15 de noviembre de 1998, en los alrededores del parque
Feuillett, distrito de la Chorrera, varios sujetos agredieron a la ciudadana
I.A.M. y la despojaron de objetos y valores de su pertenencia.
Según la
denunciante, al momento de ejecutarse la acción ilícita en su contra, fue
auxiliada por varios taxistas que, en las inmediaciones del lugar de los
hechos, detuvieron a un sujeto que fue trasladado a las instalaciones de la
Policía Nacional y, posteriormente, señalado por la víctima, como la persona
que le propinó varios golpes en su anatomía, al tiempo que la despojaban de sus
pertenencias.
Al rendir
declaración indagatoria, el señor L.E.S.M. negó las
imputaciones en su contra. Concluida la etapa preparatoria, el Juzgado Segundo
de Circuito de lo Penal del Tercer Circuito Judicial formuló cargos contra el
imputado, como presunto infractor de disposiciones legales contenidas en el
Capítulo II, Título IV del Libro II del Código Penal y surtidos los trámites
del plenario, mediante sentencia de 27 de marzo de 2000, el A-quo absolvió al
procesado de los cargos formulados en su contra.
Al ser
impugnada la decisión de primera instancia, el Segundo Tribunal revocó dicho
fallo y condenó al señor S.M. a la pena de 60 meses de prisión,
como autor del delito de robo.
CAUSAL INVOCADA
"Error de
derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del
fallo impugnado e implica infracción de la ley sustancial"(Art. 243 numeral 1
del Código Judicial).
MOTIVOS
Señala el
casacionista en el primer motivo, que el Tribunal Ad-Quem al valorar la
declaración indagatoria de M.C.M.B. (fs.74-81), comete
error en la apreciación de la prueba, porque deduce de esta pieza valor
probatorio para establecer que L.E.S.M. es una de las
personas que atacaron a la joven M.P. y la despojaron de algunas
pertenencias, aún cuando dicha declaración no cumple con el requisito del
juramento previo que exige la ley.
En el
segundo motivo sostiene el recurrente que al valorar la declaración jurada de
la señora I.M.P. (fs. 8-13), el juzgador de segunda instancia
comete error de derecho en su apreciación porque deduce de la misma, valor
probatorio para vincular a L.E.S.M. , como autor de las
agresiones ejecutadas en su contra para llevar a cabo el delito de robo,
soslayando que la ofendida describe a su agresor como un sujeto de color
amarilloso, cabello crespo y con bigotes; cuando tales características físicas
no coinciden con las del procesado.
DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS
El
licenciado Q.R. sostiene que se ha infringido el artículo 2112 del
Código Judicial en concepto de violación directa por omisión, dado que el
Tribunal Ad-Quem le ha otorgado valor probatorio a la declaración de Manuel
Cesario Molina Bonilla (fs.74-81), para vincular a Luis Ernesto Samaniego
Murillo con el delito de robo, bajo la premisa que aquel afirma que éste, al
momento de ejecutarse la acción...
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