Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 27 de Agosto de 1998

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución27 de Agosto de 1998
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

A esta fecha, una vez vencido el término de lista es necesario resolver sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el licenciado J.E.M., en su condición de abogado defensor del señor A.P.L., el cual fue presentado oportunamente, por persona hábil y la sentencia es recurrible a través del mismo, pues se trata de sentencia que le pone fin al proceso, expedida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial.

Ahora bien, se aprecia que el escrito cumple con los requisitos formales establecidos por la ley, motivo por el cual lo procedente es admitir el recurso.

Por ello, el suscrito Magistrado Sustanciador, en SALA UNITARIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de...

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