Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 9 de Julio de 1993

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución 9 de Julio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia mediante resolución fechada 10 de junio de 1993, ordenó la corrección del escrito de formalización del recurso de casación interpuesto por L.J.V.G.D.G.Y.B.H.V.C., por conducto de su apoderado legal licenciado E.E.A., contra la sentencia de 11 de febrero de 1993 dictada por el Tribunal Superior de Justicia del Cuarto Distrito Judicial dentro del Proceso Ordinario de Nulidad de Testamento seguido a E.V.E.Y.R.S.T.D..

A fin de corregir el recurso de casación interpuesto se le concedió al casacionista el término de cinco (5) días conforme a lo dispuesto por el Artículo 1166 del Código Judicial. Sin embargo, tal cual como se desprende del informe secretarial legible a fojas 126 del expediente, el recurrente dejó precluir el término sin cumplir con la corrección ordenada en la resolución dictada por esta Sala de la Corte.

En consecuencia y de conformidad con lo establecido por el artículo precitado, la pretermisión del recurrente...

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